El huracán ‘Milton’ que está azotando Estados Unidos en las últimas horas está dejando a su paso ríos desbordados, carreteras destrozadas y numerosos vehículos dañados.
Al margen de los daños personales que se suelen producir en estas circunstancias, los vehículos pueden verse especialmente afectados por ese viento huracanado y por los objetos que pueden caer sobre ellos, si no es que alguno también sale arrastrado por estas corrientes.
Efectos del huracán ‘Milton’
Muchos usuarios de redes sociales han compartido imágenes de los efectos de este huracán en los coches, con algunos arrastrados o severamente dañados.
¿Qué dice el seguro?
En circunstancias como estas, además, los automovilistas quedan en parte desamparados. Las compañías de seguro no suelen hacen cargo de las indemnizaciones ante catástrofes naturales.
En ciertos casos y en España, esa responsabilidad corresponde al Consorcio de Compensación de Seguros (CCS), que admite reclamaciones ante determinados fenómenos naturales, pero tampoco todos.
Se contemplan inundaciones, embates del mar, vientos superiores a 120 km/h, huracanes o terremotos. Por el contrario, se ven excluidas las nevadas, el hielo y las granizadas. Al no responder ante ellos ni las pólizas generales ni tampoco el consorcio, será el propietario del vehículo dañado quien deba asumir directamente los costes de las reparaciones necesarias.
La única salvedad al respecto aparece en las pólizas a todo riesgo, las que cubren los daños del vehículo propio. No es así en todos los casos, así que habrá que consultar el enunciado de cada contrato para conocer qué respalda exactamente la póliza.
Las condiciones del consorcio
Todos los conductores están cubiertos por el CCS porque una parte de la prima del seguro de su coche es para este organismo. Sin embargo, para estar protegidos por él deben cumplir tres requisitos:
- Tener una póliza contratada, algo obligatorio por ley.
- El seguro debe tener, como mínimo, una antigüedad de siete días.
- Estar al corriente de pago.
Para reclamar los daños que el coche ha sufrido, el titular debe presentar una reclamación ante el Consorcio de Compensación de Seguros: un trámite, que, normalmente, lleva a cabo la aseguradora.
Sea como sea, tal y como establece el artículo 23 de la Ley del Contrato del Seguro, hay un plazo para ello: dos años para desperfectos materiales y cinco para los personales. No obstante, lo más aconsejable es hacerlo cuanto antes.
Sigue toda la información de EL MOTOR desde Facebook, X o Instagram