La Cassazione italiana, que podría equipararse al Tribunal Supremo, ha tenido que interceder para resolver un accidente que se produjo en 2008. Las partes implicadas, además del vehículo, eran su propietario y un mecánico.
Los hechos comenzaron en 2008, cuando el mecánico condujo el coche de Roma a la ciudad de Frosinone (en la región del Lazio) para su venta. El propietario se lo había cedido y no le acompañó en el viaje.
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Lo que parecía una transacción tranquila acabó convirtiéndose en un problema. Y es que el mecánico sufrió un accidente de tráfico, al parecer provocado por un exceso de velocidad, del que el coche no salió bien parado. Se trata de un modelo de Ferrari que acabó en siniestro total como resultado del incidente.
Obviamente, ahí empezaron los problemas. ¿Quién tenía que hacerse cargo de los daños? ¿El mecánico tenía que enfrentar toda la suma y devolvérsela al propietario del Ferrari? La Cassazione italiana ha decidido que no.
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En la sentencia emitida, el tribunal ha decidido que los gastos son responsabilidad de ambos, del mecánico y del propietario del coche, al 50%, en igualdad de condiciones. Y es que el propietario no había pasado las revisiones y el mantenimiento obligatorios para su coche, por lo que el tribunal ha decidido que es corresponsable del accidente.
Corresponsabilidad por el accidente del Ferrari
La primera decisión fue tomada por un tribunal provincial y, tras el recurso presentado por el propietario del Ferrari accidentado, alegando que estaba en perfecto estado de mantenimiento, la Cassazione ha confirmado lo estipulado por esa primera sentencia. En su última decisión, explica que existe responsabilidad del propietario por haber permitido la circulación del vehículo, sabiendo que la falta de revisiones y mantenimiento no le permitían estar en condiciones de circular.
Las reparaciones de un Ferrari se cifran en decenas de miles de euros. Solo sustituir una pieza de la carrocería puede costar más de 30.000 euros y, tras esta decisión judicial, los costes tendrán que ser asumidos al 50% por ambas partes implicadas en el siniestro.
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