El siguiente es un tema que ha generado preocupación en los lectores de EL MOTOR y ha sido lo más leído de la semana. Se trata del listado de enfermedades con las que la Dirección General de Tráfico (DGT) supuestamente prohibirá renovar el carnet.
Esta lista incluye algunas enfermedades tan comunes como la celiaquía o la ansiedad, pero no existe ni tiene fundamento. A pesar de las repetidas informaciones que se replican en las redes sociales, no hay ningún cambio previsto para 2025.
La lista falsa de enfermedades
Muchas publicaciones sostienen que Tráfico endurecerá el próximo año los requisitos para obtener y renovar el carnet de conducir a las personas con dolencias que puedan poner en riesgo su capacidad de conducción.
Según este bulo, ya muy extendido, el organismo ha elaborado un listado de 35 enfermedades que teóricamente impedirían a la persona que sufra alguna de ellas conseguir el permiso de conducción o mantenerlo en vigor en España.
En la citada lista se incluyen afecciones digestivas como la celiaquía o la enfermedad de Crohn, problemas endocrinos como la diabetes o la paratiroides, además de la ansiedad o el cáncer, según recoge la agencia EFE en una nota. Pero este listado no procede de Tráfico: las aptitudes psicofísicas requeridas para obtener o renovar el carnet de conducir no han cambiado desde 1997, según la DGT.
En duda la labor de los centros de reconocimiento
Siguiendo en la misma línea, hay otro tema estrictamente relacionado que ha llamado la atención de los lectores. Y es que la Universidad de Granada sospecha que los centros de reconocimiento infravaloran algunas dolencias y sus riesgos asociados.
En un informe encargado por la Dirección General de Tráfico (DGT), varios investigadores de la Universidad de Granada ponen en duda la labor de los centros de reconocimiento al sospechar que se produce un “infradiagnóstico de enfermedades que afectan a la conducción”. Ni los automovilistas informan de ellas ni los especialistas las detectan.
En un segundo nivel, cuando se conoce la existencia de una dolencia limitante, se infravalora el riesgo y “no se utiliza dicho diagnóstico para la imposición de restricciones”, se señala en las conclusiones del estudio.
Sólo los problemas visuales, auditivos y perceptivo-motores se detectan y contienen de forma adecuada. En estos casos, se impone un porcentaje elevado (entre el 80% y el 90%) de resultados negativos tras el reconocimiento: apto con restricciones, interrumpido o no apto.
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