En el reverso del carnet de conducir, abajo a la izquierda, se ve un pequeño número 12 tan discreto y mínimo que a su lado queda un amplio hueco para una sanción de 200 euros. Y para una duda: ¿la Dirección General de Tráfico (DGT) multa a quien lleva lentillas en lugar de gafas?
Ese apartado número 12 del permiso es el que la DGT reserva a los códigos, casi todos armonizados con la Unión Europea. Una larga ristra de números y sus correspondientes significados: excepciones o matices que delimitan la libertad del conductor.
Cuando aparece pegado al 12, el código 78, por ejemplo, indica que el automovilista solo puede conducir coches sin pedal de embrague; el 105.1, que no debe superar nunca los 70 km/h.
La mayoría de ellos tiene que ver con discapacidades sensoriales o motoras; son los casos del 03.01 (prótesis auditiva en un oído) o del 25.04 (acelerador manual).
Otros se asocian a la edad del automovilista, como el 05.02: “Limitación de conducción en el radio de … km del lugar de residencia del titular”. Y uno, el 45, parece diseñado a propósito para Antonio Resines y Luis Ciges en Amanece, que no es poco: “Únicamente motocicletas con sidecar”.
Multa por no llevar gafas
El más común es el primero de todos, tan habitual que ni es excepción: 01. Corrección y protección de la visión.
Quien necesite las gafas (y así conste en su permiso) debe llevarlas obligatoriamente. Contravenir la norma se considera infracción grave, castigada por la ley de tráfico con una multa de 200 euros, sin retirada de puntos.
Las sanciones pueden multiplicarse cuando se pisa el terreno de los subcódigos, ya que la indicación puede ser mucho más precisa: desde 2017, el carné puntualiza si el conductor debe usar gafas o lentillas, o si lleva un parche y aun así conduce (01.05). Los pormenores numéricos relacionados con la vista son siete.
- 01.01. Gafas.
- 01.02. Lente o lentes de contacto.
- 01.03. Cristal de protección.
- 01.04. Lente opaca.
- 01.05. Recubrimiento del ojo.
- 01.06. Gafas o lentes de contacto.
- 01.07. Ayuda óptica específica.
El sexto de los códigos abre el margen a los conductores, pues permite intercambiar gafas por lentillas, y viceversa, pero en el resto de supuestos el reglamento de conductores es inflexible.
Quien se pone al volante o se sube a una moto debe hacerlo “con sujeción a las menciones, adaptaciones, restricciones y otras limitaciones […] que, en su caso, figuren en el permiso”. Si un carné indica 01.02 y su titular lleva gafas (en lugar de lentes de contacto), la sanción también es de 200 euros.
Los permisos expedidos antes del 1 de enero de 2017 muestran solo el genérico 01, pero siguen siendo válidos hasta que expire su vigencia o el titular los sustituya por cualquier otra razón, como la pérdida o el robo.
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Periodista especializado en seguridad vial. Editor y redactor de El Motor desde 2016. Empezó a escribir de fútbol en 1998 en Diario 16 y ha trabajado en varios proyectos de Prisa Media desde 2000. Licenciado en Periodismo por la Universidad de Navarra, es autor de ‘Aquí no se rinde ni Dios’ (2020).