Los coches de carsharing forman parte del paisaje de las grandes ciudades. Se pueden reservar desde el móvil, utilizar durante unos minutos y dejar después en un punto permitido sin necesidad de tener un vehículo propio.
Pero hay una cuestión que puede generar dudas cuando aparece una multa: ¿quién responde por la infracción si el coche pertenece a una empresa y lo conducía otra persona?
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Aparcar así puede acabar en multa
La imagen de un coche de carsharing con una rueda subida sobre la acera sirve como ejemplo de una situación que puede acabar en sanción. El Reglamento General de Circulación prohíbe estacionar sobre aceras, paseos y demás zonas destinadas al paso de peatones, salvo que exista una autorización específica.
Las multas de estacionamiento dependen del supuesto concreto y de la normativa aplicable. Algunas de las infracciones más graves pueden alcanzar los 200 euros, aunque la cuantía puede variar según el municipio.
En Madrid, además, las normas municipales establecen las condiciones que deben cumplir los vehículos para estacionar en las calles de la capital. Las ventajas concedidas a determinados coches compartidos no permiten ocupar libremente espacios reservados a los peatones.

¿Quién recibe la multa si el coche no es suyo?
Aquí está la particularidad del coche compartido. El vehículo tiene un propietario, normalmente la empresa que presta el servicio, pero cada utilización queda vinculada a una cuenta concreta.
La plataforma registra cuándo comienza y termina cada alquiler, de manera que puede determinar qué consumidor tenía el vehículo en el momento de una infracción. Si la Administración requiere la identificación del conductor, la compañía puede facilitar esos datos.
Por tanto, que el coche no pertenezca al usuario no significa que este quede al margen de la sanción. Si se acredita que la infracción se produjo durante su periodo de utilización, la responsabilidad puede terminar recayendo sobre él.
Una cosa es la multa y otra la gestión
El cliente también debe tener en cuenta que las condiciones del servicio pueden contemplar un cargo adicional por la gestión de una sanción.
Esto significa que, además de la cantidad establecida por la Administración, la empresa puede cobrar una tarifa por las gestiones relacionadas con la identificación y tramitación de la denuncia cuando así esté previsto en las condiciones que aceptó el usuario.
No se trata de una segunda multa, sino de un coste asociado al servicio. Por eso conviene revisar las condiciones de la plataforma antes de utilizar este tipo de vehículos.

No todo vale para terminar el alquiler
Que una aplicación permita dejar el coche en una determinada zona no significa que pueda estacionarse en cualquier lugar dentro de ella. El conductor debe respetar las normas generales de circulación y las restricciones municipales.
No se puede utilizar una acera como plaza improvisada, bloquear un paso de peatones o dejar el automóvil en una zona reservada simplemente porque la aplicación permita finalizar el trayecto en las proximidades.
Además, algunas ciudades cuentan con espacios específicos o condiciones particulares para los vehículos de movilidad compartida. Estas autorizaciones no sustituyen las obligaciones que tiene cualquier conductor.
¿Y si la multa no corresponde?
También puede producirse un error. Por ejemplo, si la infracción se cometió antes de comenzar o después de terminar el alquiler, el usuario puede demostrar que no tenía el vehículo bajo su responsabilidad en ese momento.
Para ello, los datos de la propia aplicación pueden resultar fundamentales. El historial del trayecto permite comprobar las horas de inicio y finalización y contrastarlas con el momento en el que se produjo la denuncia.
Si existe una discrepancia, el cliente puede reclamar ante la empresa y presentar las alegaciones correspondientes ante la Administración dentro del plazo establecido.
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