Una de las obligaciones de cualquier propietario de vehículo es tener el coche asegurado en todo momento. Así lo ordena la ley, pues establece que es indispensable contratar un seguro con unas coberturas mínimas y mantenerlo en vigor. Es decir, este seguro obligatorio cubre única y exclusivamente la responsabilidad civil del conductor frente a terceros, en caso de accidente. De ahí, su nombre: seguro a terceros.
Asimismo, este seguro básico no cubre los daños que sufra el conductor y/o el coche en caso de que el accidente haya sido culpa suya. Tan solo reparará los desperfectos causados al otro vehículo o a la vía pública, e indemnizará a los ocupantes de cada automóvil contrario (incluidos los del causante del accidente) y/o a los peatones en caso de producirse lesión.
Tipos de seguros
- Seguro a terceros. Como se ha señalado, es el que cubre el daño ocasionado a terceros en caso de accidente, pero no los del vehículo o conductor causante del mismo.
- Seguro a terceros ampliado. Este garantiza, además de todo lo que incluye el anterior, otras coberturas relacionadas con accidentes de mayor magnitud, como robo, incendio o rotura de lunas.
- Seguro a todo riesgo. Es el más completo pues incluye tanto el daño ocasionado a terceros así como al propio vehículo. Además, pueden añadirse garantías adicionales como la indemnización por invalidez o fallecimiento, entre otras.
Dicho esto, son muchas las dudas que surgen al respecto: ¿se puede cambiar el seguro de un coche a otro?, ¿es posible cambiarlo cuando se quiera?, ¿qué hay que hacer antes de contratar un seguro nuevo?. Estas son las respuestas.
Cambiar el seguro del coche
Por regla general, no se puede cambiar de seguro de coche cuando se desee. La Ley de Contrato de Seguro establece que se debe avisar a la actual compañía aseguradora sobre la voluntad de darse de baja, un mes antes del vencimiento de la póliza contratada. En caso de no hacerlo, se seguirá cobrando el seguro a pesar de haber cambiado a otra aseguradora.
¿Cómo cancelar la póliza?
Para cancelar la poliza contratada con la aseguradora, se deben cumplir una serie de requisitos:
- Comunicar a la actual aseguradora, con un mes de antelación al vencimiento de la póliza, como ya se ha apuntado, la voluntad de darla de baja. De no hacerlo, esta se renovará automáticamente.
- La comunicación debe hacerse por escrito, ya sea por correo ordinario, correo electrónico o fax. Es aconsejable conservar algún tipo de justificante de este aviso en fecha.
Cabe añadir que dicha comunicación la debe hacer el tomador y mandarla junto con una copia de su DNI o NIE. Además, esta debe reflejar una serie de aspectos: la voluntad de darse de baja, la fecha en la que es enviada y los datos personales del tomador.
Documentos para cambiar de seguro
Una vez se ha comunicado a la aseguradora la voluntad de no renovar la póliza, es el momento de contratar otro seguro. Para ello, siempre y cuando se tenga claro la nueva compañía, se deben reunir una serie de documentos para formalizar el nuevo contrato:
- DNI o tarjeta de residencia del asegurado
- Carnet de conducir de la persona asegurada
- Permiso de circulación del coche. En este deben constar: matrícula del vehículo asegurado y fecha de su primera matriculación, nombre y apellidos o razón social del titular del coche, tipo, marca, modelo, número de bastidor y número de plazas, cilindrada y potencia.
- Ficha técnica del automóvil
- Certificado de impuesto de transmisiones, si lo hubiera
- Certificado de siniestralidad
- Recibo del seguro anterior
- Condiciones generales del seguro anterior
- Factura de compra del vehículo
En caso de pólizas a todo riesgo de vehículos de ocasión, será necesaria la visita de un perito de la compañía asegurado para verificar su estado. Aunque este trámite se sustituye en los últimos tiempos por el envío de unas fotos del mismo a través de una aplicación específica de la aseguradora, con lo que la gestión resulta más cómoda y sencilla.
Sigue toda la información de EL MOTOR desde Facebook, X o Instagram