La nueva obligación que impone la DGT a muchos conductores

La Dirección General de Tráfico pone en marcha una campaña de información sobre el cambio que llega en noviembre.

DGT
En diversas ocasiones, las multas de los radares se pueden recurrir.

El próximo mes, la relación de la Dirección General de Tráfico (DGT) con algunos conductores cambia por completo. Y para informar de esta novedad, que se convierte en obligación para muchos propietarios, la DGT lanza una campaña divulgativa en redes sociales y en su página web que se mantendrá activa durante octubre. 

A partir del 1 de noviembre, todas las personas jurídicas que sean titulares de algún permiso de circulación (titulares de vehículos en el registro de vehículos) o bien sean arrendatarias a largo plazo de algún vehículo, deberán disponer antes de esa fecha de una Dirección Electrónica Vial (DEV). 

Además, según recoge Europa Press, deberán facilitar un correo electrónico y/o un teléfono móvil para poder recibir los avisos de puesta a disposición de las notificaciones que puedan tener pendientes de leer.

Para darse de alta en la DEV, es necesario disponer de un certificado digital en vigor. En caso de no hacerlo, la DGT asignará de oficio una Dirección Electrónica Vial a la empresa, la cual recibirá de forma electrónica las notificaciones de Tráfico.

Al hacerse la asignación de oficio, la DGT no podrá enviar los avisos de las notificaciones pendientes (como las multas) al correo electrónico o teléfono móvil, ya que no dispondrá de esos datos.

Sin embargo, la notificación quedará disponible en el buzón de la DEV, al cual se deberá acceder de forma periódica para consultar si hay notificaciones pendientes.

¿Qué es la dirección electrónica vial? 

La dirección electrónica vial es un buzón electrónico en el que cualquier persona, física o jurídica, puede darse de alta. Así, recibirá en él las notificaciones de Tráfico.

Por ejemplo, los avisos de sanción o las incidencias relacionadas con las autorizaciones administrativas. La información que se recibe a través de la DEV tiene los mismos efectos jurídicos que la notificación en papel.

El alta es voluntaria para las personas físicas, pero obligatoria para las jurídicas. A partir del próximo 1 de noviembre, dejarán de recibir notificaciones en papel y sólo se les notificará de forma electrónica a través de la DEV. 

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