¿Adiós a las multas de velocidad a partir de 2022?

La Unión Europea quiere hacer obligatorios una serie de dispositivos de seguridad para continuar con su lucha contra la siniestralidad en la carretera.

multas velocidad
Las sanciones de velocidad se encuentran entre las más frecuentes.

La seguridad en las carreteras de la Unión Europea ha mejorado significativamente en los últimos años pero nunca es suficiente. El número de víctimas por millón de habitantes fue de 49 en la UE durante 2017, frente a las 147 de promedio en el mundo. Pese a esta evolución, el pasado año fallecieron en los países miembros 24.794 personas en accidentes de tráfico y 140.740 resultaron heridas graves. Y para continuar en la senda de reducción de estas cifras, el Parlamento Europeo propone una serie de medidas obligatorias para los automóviles nuevos a partir de 2022.

La Comisión Europea de Seguridad propuso el pasado año tecnologías de seguridad que consideraba imprescindibles en los coches de próxima producción y ahora el Consejo y Parlamento europeos han recibido favorablemente los acuerdos previos alcanzados en los estudios realizados al respecto. De este modo, se iniciará el proceso para su aprobación antes de acabar 2019 y que, de producirse como se prevé, se aplicaría en un plazo de dos años.

Los dispositivos supondrían una mejora significativa en la seguridad de los automóviles al incluirse entre ellos ayudas tan valiosas como la frenada de emergencia automática o el control de la presión de los neumáticos. Pero más allá de los propios vehículos, la Unión Europea pretende poner coto a los hábitos peligrosos de los conductores, como son el consumo de alcohol, las distracciones y los excesos de velocidad.

En esta línea sería obligatorio el control inteligente de crucero, que ajustaría la velocidad a la señalización de la vía, además de mantener la distancia de seguridad respecto a los vehículos precedentes.  Las posibilidades de cometer excesos se verían reducidas de este modo al mínimo, con los efectos que la medida pudiera acarrear para la recaudación de las arcas públicas en concepto de sanciones de velocidad, aunque en el corto plazo seguirían siendo la inmensa mayoría de los vehículos circulantes los anteriores a la legislación y carentes, por tanto, de esta tecnología.

Se trata de la medida que más controversia puede crear por este motivo, además de por los condicionantes que se generarían en la fluidez de la propia circulación. Sin olvidar la exigencias en infraestructuras de señalización que su utilización exigiría.

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Tabla de sanciones por excesos de velocidad.

Otros sistemas que pasarán a ser imprescindibles para la homologación de un vehículo nuevo (turismo, furgoneta o camión) son los avisadores de distracciones y somnolencia, la detección de peatones y ciclistas, la cámara de visión posterior, el asistente de cambio involuntario de carril y una unidad de almacenamiento de datos. Esta última actuaría a modo de caja negra que almacene información para su análisis en caso de accidente, tanto sobre el estado del vehículo como de las condiciones en las que se circulaba.

También resulta llamativa la petición de incluir la preinstalación de un alcoholímetro con capacidad de bloqueo del vehículo en caso de excederse los límites legales establecidos. En principio su obligatoriedad de su uso se limitaría a conductores con antecedentes de conducción bajo los efectos del alcohol, que así sólo podrían iniciar la marcha después de superar un test de alcoholemia al ponerse al volante.

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