Con cierta frecuencia, lamentablemente, se repiten los casos de conductores que son detenidos por circular en dirección contraria en carreteras y autovías. En ocasiones por negligencia, en otras por falta de atención y en algunas por pérdida de facultades por el consumo de alcohol o drogas. Pero siempre con un evidente riesgo para la integridad de los implicados en el tráfico.
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Acaba de volver a ocurrir en la autovía A-49, que une Sevilla con Portugal, en su kilómetro 1,4 a las afueras de la capital andaluza. Fue allí donde agentes del Subsector de Tráfico de Sevilla detuvieron a un automóvil cuando trataba de incorporarse en sentido contrario a la carretera.
El coche fue inmovilizado y trasladado a un lugar seguro para identificar al conductor. En este procedimiento, los agentes apreciaron síntomas de alcoholemia en el detenido, por lo que procedieron a realizar el correspondiente control. Y el resultado confirmó sus sospechas, ya que esta personaba, tras las perceptivas mediciones, prácticamente duplicaba la tasa mínima de alcohol autorizada.
Como consecuencia, la Guardia Civil inmovilizó el vehículo y denunció al infractor, tanto por circular en sentido contrario como dar positivo en el control de alcoholemia. La propuesta de sanción es de la pérdida de 10 puntos del carnet de conducir y una multa de 1.000 euros.
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