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Antes de pagar una multa de tráfico, revisa estos detalles: podría ser recurrible

Madrid |

No todas las sanciones son inapelables y existen situaciones en las que el conductor puede ejercer su derecho de defensa.

Multa Guardia Civil

Recibir una multa suele provocar la misma reacción en la mayoría de los conductores: comprobar el importe, buscar el plazo para beneficiarse del descuento por pronto pago y proceder al abono cuanto antes.

Y aunque lo cierto es que la mayoría de las sanciones tramitadas por la Dirección General de Tráfico (DGT) y los distintos organismos autonómicos o municipales son correctas, existen situaciones en las que una multa puede contener errores formales o irregularidades que permitan recurrirla.

Comprobar que la notificación es correcta

Uno de los primeros puntos que debe revisar cualquier conductor es la forma en que ha sido notificada la sanción. La Administración está obligada a comunicar la infracción siguiendo los procedimientos establecidos por la normativa.

En muchos casos, especialmente cuando la denuncia se realiza mediante radares, la notificación llega posteriormente al domicilio del titular del vehículo o a través de la Dirección Electrónica Vial. Si la comunicación presenta defectos importantes o no se ha realizado correctamente, puede afectar al derecho de defensa del conductor.

Guardias civiles multando.

Revisar todos los datos de la denuncia

Puede parecer un detalle menor, pero los errores administrativos siguen existiendo. La matrícula, la marca del vehículo, el lugar exacto de la infracción, la fecha o la hora deben coincidir con la realidad.

Una equivocación aislada no implica automáticamente la anulación de la multa, pero determinados fallos pueden generar dudas sobre la validez del procedimiento. Cuantos más errores contenga la denuncia, mayores argumentos tendrá el conductor para presentar alegaciones.

Solicitar las pruebas de la infracción

Cuando una sanción ha sido captada por un radar o por un sistema automático de vigilancia, el conductor tiene derecho a conocer las pruebas que justifican la denuncia.

Normalmente se trata de fotografías, vídeos o registros obtenidos por los equipos de control. Estas imágenes permiten comprobar aspectos importantes como la correcta identificación del vehículo o las circunstancias en las que se produjo la supuesta infracción.

Radar, señalización y pronto pago

Los radares utilizados para controlar la velocidad deben cumplir una serie de requisitos técnicos y de homologación.

Además, necesitan someterse periódicamente a verificaciones metrológicas que certifiquen su correcto funcionamiento. Aunque no es frecuente encontrar irregularidades, los conductores tienen derecho a conocer la información relacionada con el equipo que registró la infracción. Si existen dudas sobre su calibración, homologación o mantenimiento, esos argumentos pueden formar parte de un eventual recurso.

La presencia de radares suele estar acompañada de la correspondiente señalización informativa. Aunque la ausencia de determinados avisos no implica automáticamente la nulidad de una sanción, sí puede formar parte del análisis global de cada caso.

Un aviso de que hay un radar.

Dependiendo del lugar donde se produzca la infracción, la sanción puede proceder de la DGT, de un ayuntamiento, del Servei Català de Trànsit, de Trafikoa en el País Vasco o de otros organismos con competencias transferidas.

Cuando se abona una multa dentro del plazo establecido para beneficiarse de la reducción del 50%, generalmente se renuncia a presentar alegaciones posteriores. Pagar con descuento suele implicar aceptar la sanción y cerrar la vía ordinaria de recurso.

Los derechos de los conductores

En El Motor pudimos hablar con Miguel Ángel Mejías, abogado de 33 años, recordaba que, en el caso de los controles de alcohol o drogas cuentan con diversas garantías legales

Entre ellas figura la realización de una segunda prueba, el derecho a solicitar una prueba de contraste y el derecho a no confesarse culpable ni declarar contra sí mismo. Precisamente este último aspecto suele generar numerosos problemas. 

Según explica, algunos conductores responden a preguntas sobre cuándo consumieron alcohol o sustancias sin ser plenamente conscientes de las implicaciones que pueden tener esas declaraciones. “Nadie está obligado a incriminarse a sí mismo”, recuerda. 

Usuario haciendo la prueba de alcoholemia.

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Antonio Ramos del Olmo Perfil de Antonio Ramos del Olmo en Linkedin

Historiador de formación, periodista deportivo de vocación y apasionado del motor por elección. Terminé contando carreras en vez de guerras. Entre libros, crónicas y gasolina he ido encontrando el camino. Ahora intento comunicarlo sin levantar el pie del acelerador.

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