En algunos países, es común usar las luces de emergencia (o intermitentes) para dar las gracias a otros conductores por ceder el paso en algunas situaciones o por algún otro motivo.
Sin embargo, esta práctica no es universal y puede variar según el país. En algunos lugares, podría ser confuso o incluso ilegal usar las luces de emergencia de esta manera.
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¿Qué dice la ley en España?
Dentro del código de circulación es el artículo 109 el que habla de las señales ópticas y de cómo hay que utilizarlas.
El primer punto del mismo señala lo siguiente: “El conductor debe advertir mediante señales ópticas toda maniobra que implique un desplazamiento lateral o hacia atrás de su vehículo, así como su propósito de inmovilizarlo o de frenar su marcha de modo considerable. Tales advertencias ópticas se efectuarán con antelación suficiente a la iniciación de la maniobra, y, si son luminosas, permanecerán en funcionamiento hasta que termine aquella”.
Sin embargo, es el segundo punto en el que se hace referencia concreta a la circunstancia. En el apartado ‘c’, se indica que “la intención de inmovilizar el vehículo o de frenar su marcha de modo considerable, aun cuando tales hechos vengan impuestos por las circunstancias del tráfico, deberá advertirse, siempre que sea posible, mediante el empleo reiterado de las luces de frenado o bien moviendo el brazo alternativamente de arriba abajo con movimientos cortos y rápidos”.
Pero, en ningún caso el código hace mención a que se puedan encender estas luces para agradecerle algo a otro conductor.
Y, por eso, en caso de que un agente vea esta acción, podría sancionarla como falta leve, tipificada con una sanción de hasta 100 euros y sin retirada de puntos. Pero es algo difícil de ver y de sancionar, ya que también hay que tener en cuenta de que se activan para que se enciendan y apaguen un par de veces y no mucho más.
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