Por qué es un error usar los cuatro intermitentes en un atasco

Según el reglamento, una disminución repentina de la velocidad no debe señalizarse mediante la luz de emergencia.

cuatro intermitentes
Decenas de coches retenidos en un atasco.

Cuando el tráfico se atasca y un conductor se ve obligado a frenar de golpe, en un gesto casi inconsciente activa las luces de emergencia. Con los cuatro intermitentes encendidos, pretende avisar de la disminución de la velocidad al vehículo que lo sigue –y de hecho logra su objetivo–, pero incumple el código de circulación.

Muchos conductores caen a diario en el error.  

En contra de la costumbre, al igual que la Real Academia Española proscribe la tilde en solo (a pesar de la última enmienda), el Reglamento General de Circulación indica que si se va detener el vehículo o a frenar la marcha de modo considerable (aun por razón del tráfico) hay que avisar al resto de los conductores “mediante el empleo reiterado de las luces de frenado”. Lo fija el artículo 109.

La alternativa que ofrece el texto es agitar “el brazo alternativamente de arriba abajo con movimientos cortos y rápidos”. 

Sólo después, cuando el vehículo esté inmovilizado, se deberá “señalizar la presencia del vehículo mediante la utilización de la luz de emergencia”. Esto ha de hacerse “cuando la inmovilización tenga lugar en una autopista o autovía, o en lugares o circunstancias que disminuyan sensiblemente la visibilidad”, especifica el reglamento.

El código exige también el uso de los cuatro intermitentes en caso de que el vehículo quede inmovilizado por un accidente o una avería. En esos supuestos, si no resulta posible reemprender la marcha, debe activarse la luz de emergencia y dejar el vehículo allí donde menos moleste.

Cuatro intermitentes: cuándo deben usarse

Y existe otro supuesto poco habitual en el que deben utilizarse los cuatro intermitentes: cuando un conductor, por circunstancias graves, se vea obligado a efectuar un servicio normalmente reservado a los vehículos prioritarios.

Lo hará al amparo del artículo 70, y advertirá al resto de automovilistas usando “el avisador acústico en forma intermitente y conectando la luz de emergencia, si se dispusiera de ella”. O también –propone el código– “agitando un pañuelo o procedimiento similar”.

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