Si somos personas cabales procuramos no beber en exceso cuando vamos a conducir, ni correr demasiado rápido cuando las señales nos lo impiden (sobre todo cuando hay radares) o aparcar en un sitio prohibido. Y, ¿por qué lo hacemos? Es bien sencillo, aparte de porque tenemos conciencia, no queremos que nos pongan una multa y mucho menos que nos quiten puntos del carné de conducir.
Lo curioso es que hay otras muchas infracciones que no tenemos tan en cuenta y que también podrían suponernos una buena multa, restarnos algún punto y, por consiguiente, manchar para siempre nuestro impecable expediente de conductores.
He aquí unas cuantas de las más olvidadas por la comunidad de automovilistas en su día a día:
1. Conducir sin camiseta o sin calzado (hasta 200 €). Aunque la primera no parece que intervenga demasiado en la seguridad de la conducción, sí que puede ser motivo de distracción para otros conductores de la vía. Sin embargo la segunda es obvia, si has intentado conducir descalzo alguna vez, te habrás dado cuenta de que no es nada fácil y que la dureza de los pedales no es apta para los delicados pies de un urbanita del siglo XXI. Además, es una cuestión de falta de adherencia de nuestra suela natural. Por cierto, tampoco se puede conducir con chanclas, sandalias u otro calzado que no se sujete bien al pie y pueda salirse fácilmente, ya que se puede quedar trabado entre los pedales. Sin embargo, no hay prohibición contra el uso de tacones.
2. Sacar la mano o el codo por la ventanilla (hasta 80 €). Sé que con esto hemos roto para siempre la típica imagen del taxista con el codo apoyado en la ventanilla mientras recorre la ciudad en busca de clientes, pero puede suponer hasta 80 euros de multa que a nadie le viene bien. Así que como mucho podremos apoyar el codo, pero por dentro de la ventanilla, que casi, casi es el mismo efecto. Y por supuesto, olvidémonos también de saludar a base de peinetas al resto de conductores, que además de ser una falta de respeto, es una multa en toda regla por sacar el brazo.
3. Peinarse, afeitarse, maquillarse o comer (hasta 200 € y 2 puntos). Ya sabemos que la vida actual va a una velocidad vertiginosa y que no da tiempo ni a desayunar en casa o arreglarse un poco, pero la idea de hacerlo aprovechando el atasco te puede dar algún disgusto gordo al bolsillo.
4. Poner un cartel de “se vende” en el coche (hasta 200 €). Tiene más que ver con el uso inadecuado de la calle como lugar de compra-venta que con la seguridad vial. Determinados ayuntamientos prohíben colocar estos carteles para evitar que algunos conviertan el paisaje urbano en concesionarios ilegales a cielo abierto. Como siempre, pagamos justos por pecadores y aunque la venta directa del coche particular esta amparada por la ley, no podremos colocar el cartelito correspondiente.
5. Saltarse un semáforo en ámbar (hasta 200 €). Efectivamente, cuando el semáforo cambia a ámbar no es que nos indique que nos demos prisa en cruzarlo antes de que se ponga rojo, sino que sirve para indicarnos que hay que ir frenando ya. Para que nos lo creamos hay muchas ciudades donde se han colocado radares de semáforo que te hacen una foto si lo pasas en ámbar. Solo se permite cruzar en naranja cuando se está tan a punto de pasarlo que es peor el frenazo. Cuidado porque saltárselo en rojo además de los 200 € puede suponer la retirada de 4 puntos.
6. Molestar con la música o el claxon (hasta 80 €). Se acabó la dictadura acústica del molesto (y normalmente intempestivo) conductor con la música a todo trapo y las ventanillas bajadas. La infracción se agrava cuando se pasa por una zona de descanso como un hospital o una zona residencial. En el caso del claxon solo se debe usar para advertir de tu presencia y si hay peligro inminente. Así que nada de usarlo para avisar al conductor de delante que se ha puesto el semáforo en verde.
7. Conducir escayolado (hasta 300 € y hasta 6 puntos). Cualquier cosa que impida la movilidad del conductor y por lo tanto perturbe el buen uso de los instrumentos de conducción, es susceptible de convertirse en causa grave. Ni las manos, ni las piernas pueden estar vendadas o escayoladas y tampoco se autoriza el uso de collarines que no permitan mover el cuello con normalidad. Solo te salvaría tener un certificado médico que afirme que tienes la movilidad adecuada para enfrentarte al tráfico rodado.
8. Para el coche en un semáforo en la zona reservada para motos o bicicletas (hasta 200 €). En los semáforos de muchas grandes ciudades hay una línea de detención para los coches y otra más adelante para las motos y bicicletas. Estos vehículos son más ligeros y suelen pasar entre los coches parados para situarse delante de ellos, de esta manera pueden ser vistos con facilidad por el resto de los vehículos y (sobre todo en el caso de las motos) pueden salir más rápido del semáforo, agilizando la circulación.
9. Conducir solo por el carril central o izquierdo (hasta 200 €). En contra de lo que piensan muchos automovilistas, conducir todo el tiempo por el carril izquierdo o el central estando libre el derecho es motivo de sanción. También en contra de lo que se piensa, la normativa no dice nada de que los vehículos de alta gama estén exentos de esto y tengan mayor derecho de uso del carril izquierdo.
10. Llevar la documentación incorrecta (hasta 200 €). Tanto no llevar la documentación del coche, cómo llevarla incompleta o no estar en regla es motivo de sanción. Incluso no haber pasado la ITV si te corresponde o no haber renovado el carné de conducir caducado pueden ser motivos de sustanciosas multas. Algo que poca gente conoce es que si no has notificado un cambio de domicilio, tanto en la documentación del coche como en el carné de conducir, también supone una sanción de hasta 80 €.
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