La DGT advierte del hábito cotidiano que puede salir muy caro: multas de hasta 3.000 euros

Son las ordenanzas municipales las que definen la cuantía de la multa, pero las sanciones van desde los 100 hasta los 3.000 euros.

conductora
Una conductora cantando mientras está al volante. | Getty

Hay personas para quienes la música es parte de su vida desde que despiertan hasta que se acuestan. Ya sea trabajando, cocinando, o paseando, es siempre una forma de compañía y entretenimiento. De igual forma ocurre durante la conducción, especialmente en viajes largos.

Si bien hay algunos ritmos que incitan a la concentración (como la música clásica), escucharla muy fuerte también es un motivo de distracción. Por lo tanto, es una causa de riesgo pero no solo para el conductor y los que habitan el coche, sino también para los que lo rodean.

Y no solo eso, pues escuchar música a un volumen muy elevado en el coche también puede provocar la pérdida progresiva de audición, además de causar daños en el propio vehículo.

Escuchar música alta en el coche

Aunque para muchos puede ser un acto inofensivo (incluso para otros es hasta terapéutico), conducir con un volumen alto puede tener como consecuencia, por ejemplo, no escuchar el claxon, sirenas de vehículos de emergencia, entre otros. Similar a lo que genera el uso de auriculares. Pero ¿qué dice a ley al respecto?

No hay ningún artículo general que precise si es existe algún límite específico, pero de todas formas el conductor puede ser multado.

¿De cuánto es la multa?

Esta respuesta es relativa porque son las ordenanzas municipales las que definen la cuantía de la multa. Las sanciones de los ayuntamientos van desde los 100 hasta incluso los 3.000 euros.

Eso sí, aunque en cada ciudad varía el importe de la multa por exceso de ruido, de forma genérica la barrera son 87 decibelios (dB) de potencia como máximo. Por lo tanto, cuanto más se supere, más cara será.

La sanción también puede imponerse por generar contaminación acústica con el coche detenido, incluso si no hay nadie en su interior. Por ejemplo, en Madrid la multa es de 90 euros si se supera el límite en cuatro decibelios.

@derechovirtual

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¿Y conducir con auriculares?

Hablar a través del manos libres está permitido, aunque la DGT no lo recomienda al afectar y aumentar la distracción del conductor. Pero según el Reglamento General de Circulación, lo que sí se sanciona es conducir con cascos (aunque sean inalámbricos).

Según el artículo 18.2 del Reglamento General de Circulación, queda prohibido “conducir y utilizar cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, excepto durante la correspondiente enseñanza y la realización de las pruebas de aptitud en circuito abierto para la obtención del permiso de conducción de motocicletas de dos ruedas cuando así lo exija el Reglamento General de Conductores”.

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