¿Cuánto tiempo tiene que pasar para que caduque una multa de tráfico en España?

La DGT y los ayuntamientos tienen un plazo máximo para notificar las sanciones a los conductores que han cometido una infracción.

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Un agente de la Guardia Civil impone una multa a un conductor.

Parece imposible, pero no lo es: en ocasiones, las notificaciones y multas de tráfico de la Dirección General de Tráfico (DGT) y de los ayuntamientos no llegan a tiempo y caducan. ¿Cuándo ocurre esto?

Antes de responder hay que tener claro que la prescripción es el tiempo que tiene la DGT o un ayuntamiento para notificar una sanción y proceder a su cobro. Este proceso tiene unos plazos estipulados por la ley y, una vez superados, la multa no puede ejecutarse.

Plazo para comunicar una multa

En el artículo 112 de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial figura el período que corresponde a cada notificación y sanción. Y es que el tiempo dependerá del tipo de infracción: leves, graves y muy graves.

Son, eso sí, lo suficientemente amplios y cuentan con mecanismos muy efectivos para que los conductores infractores conozcan su castigo y paguen por él. En cualquier caso, el tiempo empieza a contar un día después de que el organismo sancionador firma la multa de tráfico y declara firme la sanción.

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Tres y seis meses

Para notificar la multa de una infracción leve, disponen de tres meses. En el caso de las graves y muy graves es de seis meses.

Las sanciones pecuniarias (es decir, las económicas) caducan cuando han pasado cuatro años. Las no pecuniarias, las que no implican un castigo económico como, por ejemplo, la pérdida de puntos en el carnet de conducir, tienen un plazo más reducido: se quedan sin efecto pasado un año.

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¿Y si se interrumpe la prescripción?

El plazo de prescripción de una notificación se puede interrumpir cuando la DGT o el ayuntamiento necesita llevar a cabo una acción o actuación para averiguar un dato: la identidad del denunciado o su domicilio. En este caso debe notificárselo al conductor y, además, añadirlo al expediente.

También puede detenerse cuando la notificación de la multa se hace a través de una carta certificada que llega al domicilio del infractor, a través de la Dirección Electrónica Vial o del Boletín Oficial del Estado.

Finalmente, hay que tener en cuenta que el plazo se reanudará si el proceso se paraliza durante más de un mes por una causa no imputable al denunciado. Y cuando se interrumpe la prescripción, el plazo empieza a contar desde cero: volverá a ser, por lo tanto, de tres o seis meses dependiendo de la infracción.

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