Los conductores a los que la DGT no renovará el carnet de conducir

La decisión de mantener el permiso dependerá en muchos casos de un informe médico.

renovar carnet conducir
Un carnet de conducir español.

El carnet de conducir caduca cada diez años y hay que renovarlo si no se quiere recibir una multa de tráfico. Circular sin el permiso al día puede salir caro, empezando por una sanción de 200 euros que, dependiendo de las circunstancias, puede llegar a convertirse en pena de prisión.

El procedimiento para renovar el carnet de conducir es relativamente sencillo. El precio de la tasa son 24,58 euros, a los que hay que sumar el coste del reconocimiento médico, que es obligatorio.

Para renovar el carnet de conducir, por lo tanto, hay que acudir a un centro oficial para superar el reconocimiento médico. Consiste en varias revisiones, visual, auditiva y general, un examen de coordinación donde se comprueba el estado de los reflejos y una valoración psicotécnica. Con este procedimiento superado, solo queda esperar a recibir el nuevo carnet físico en casa.

No superar este reconocimiento médico puede llegar a impedir que el conductor obtenga su nuevo carnet de conducir. No obstante, se puede hablar con un médico especializado, ya que no pasar estas pruebas suele tener como causa alguna enfermedad o patología.

Enfermedades que impiden renovar el carnet

Y es que la Dirección General de Tráfico dispone de un listado con las enfermedades que son incompatibles con la conducción. Esto no quiere decir que ya nunca se pueda volver a conducir, ya que dependiendo del tiempo que pase y de las revisiones médicas, el conductor podría conseguir de nuevo el carnet. Al final, la imposibilidad para conducir se reduce a unos casos muy concretos. El resto podrá seguir al volante siempre que así lo diga un informe médico.

Enfermedades vasculares

  • Disección: tras un plazo de seis meses desde la operación, se podrá renovar de 1 a 2 años.
  • Aneurisma de grandes vasos: en caso de que no exista peligro de rotura de vasos sanguíneos se podrá hacer una renovación de 1 a 10 años.
  • Enfermedades cardiacas
  • Arritmias.
  • Infarto agudo de miocardio: deben haber pasado como mínimo 6 meses desde que sucedió.
  • Portadores de prótesis valvulares: el mismo caso que con el infarto de miocardio.
  • Portadores de marcapasos: tres años de vigencia una vez que haya pasado un mes desde la colocación.
  • Portadores de desfibrilador automático: igual que el caso del marcapasos.

Enfermedades psiquiátricas

Las siguientes enfermedades son totalmente incompatibles a no ser que haya un informe médico que avale una dolencia leve. En este caso, se podrá renovar el carnet de conducir:

  • Demencia y Trastorno de ansiedad.
  • Trastorno de la personalidad.
  • Depresión.
  • Trastorno del sueño.
  • Trastorno Obsesivo Compulsivo.
  • Trastorno del desarrollo intelectual.
  • TDH.
  • Dependencia del alcohol y/o drogas.

Enfermedades neurológicas

  • Crisis o pérdida de conciencia: si ha ocurrido durante el último año, es imposible renovar el carnet de conducir.
  • Epilepsia: vigencia de 1 a 10 años.
  • Accidente isquémico transitorio: hasta un año de ampliación con un informe favorable.

Enfermedades endocrinas

  • Hipotiroidismo y paratiroides: podrá renovarse entre 1 y 10 años.
  • Diabetes mellitus insulinodependiente: renovación entre 1 y 5 años.

Enfermedades digestivas y renales

  • Trasplante renal: deben haber pasado como mínimo seis meses desde la operación para renovar el carnet de conducir.
  • Nefropatía con diálisis: posibilidad de sacar o renovar el permiso de 1 a 10 años.

Enfermedades respiratorias

  • Apnea del sueño: con un informe positivo del médico, será posible la renovación durante un período de tres años.
  • Disnea permanente en reposo o de esfuerzo leve: la prohibición de renovar será permanente.

Enfermedades oncológicas

  • Trastornos oncohemáticos: no debe haber alteraciones graves. Entonces, el carnet se podrá renovar durante un año.
  • Dolencias oncológicas: el individuo debe estar sin ninguna dolencia ni tratamiento para poder renovar el permiso. En dicho caso logrará una renovación de entre 1 y 5 años.

Enfermedades crónicas y degenerativas

Son incompatibles las siguientes:

  • Alzheimer.
  • Esclerosis lateral amiotrófica.
  • Temblor esencial.
  • Enfermedad pulmonar obstructiva crónica.
  • Distrofia muscular.
  • Osteoporosis.
  • Parkinson.
  • Artritis reumatoide.

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