Para los motoristas, la importancia del casco es evidente. Según la Dirección General de Tráfico (DGT), las lesiones de cabeza son la principal causa de muerte: el 80% de los fallecidos en motocicletas son por impactos en la cabeza. Razón por la que hay que ser precavidos con este elemento.
No sólo existe una norma de uso que los motoristas deben cumplir. El casco tiene que cumplir su propia legislación y, además, debe haber pasado una serie de pruebas para garantizar la máxima seguridad a los usuarios.
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Esto es incompatible con una de las modas existentes en el mundo de las dos ruedas. Son muchos los motoristas que optan por decorar y personalizar el casco con accesorios como orejas, crestas o trenzas. Hay quien lo customiza con fundas que imitan personajes de series, videojuegos o animales.
Cualquier accesorio para el casco debe estar homologado y estos elementos no parece que cumplan esta legalidad.
Un uso adecuado
El artículo 118.1 del Código de Tráfico y Seguridad Vial regula los ‘Cascos y otros elementos de protección’. En él se establece lo siguiente: “Los conductores y pasajeros de motocicletas o motocicletas con sidecar, de vehículos de tres ruedas y cuadriciclos, de ciclomotores y de vehículos especiales tipo quad, deberán utilizar adecuadamente cascos de protección homologados o certificados según la legislación vigente, cuando circulen tanto en vías urbanas como en interurbanas”.
Las palabras fundamentales son “utilizar adecuadamente”. De ahí se desprende que los accesorios del casco deben estar homologados. Este proceso asegura que el motorista esté protegido en caso de impacto.
Adicionalmente, garantiza la calidad de los materiales empleados en su elaboración, así como la visibilidad, la resistencia a los impactos rotacionales y la eficacia de los sistemas antivaho en las viseras.
La normativa de homologación
Al Código de Tráfico y Seguridad Vial, se une la norma ECE 22.06 que regula, precisamente, la homologación de cascos y, desde 2022, convive con la 22.05. Es más exigente, tiene más pruebas de resistencia y, sobre todo, regula 12 puntos de impacto.
Por lo tanto, los accesorios que se quieran añadir al casco también deben haber superado las pruebas para obtener la homologación. Razón por la que aquellos que tienen instalados complementos que no están permitidos, no son legales.
Por ello, las autoridades pueden sancionar a aquellos motoristas que lleven fundas u orejas, entre otros, con una multa de 200 euros y la retirada de cuatro puntos del carnet de conducir.
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