Las carencias en la red de recarga de vehículos eléctricos es uno de los grandes obstáculos para su expansión en España. Los usuarios se enfrentan todavía a una serie de incertidumbres paralizantes para dar el paso hacia la descabornización de la movilidad, sobre todo aquellos sin la posibilidad de realizar este proceso en puntos particulares, domiciliarios o de empresa.
El 21 de diciembre del pasado año, el BOE publicó el Real Decreto-ley 29/2021 que adoptaba “medidas urgentes en el ámbito energético para el fomento de la movilidad eléctrica, el autoconsumo y el despliegue de energías renovables”. En el desarrollo de esta legislación se contempla una disposición que debería resultar determinante para la implantación de un gran número de cargadores públicos en el territorio nacional.
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El Artículo 4 del Título II se refiere a dotaciones mínimas de recarga de eléctricos en aparcamientos destinados a un uso diferente al residencial o estacionamientos ya existentes no asociados a edificios.
Y lo hace con un horizonte temporal tan cercano como el próximo 1 de enero de 2023, puesto que antes de esa fecha todos estos espacios (interiores o exteriores) que cuenten con una zona de aparcamiento de más de 20 plazas, deberán disponer, al menos, de un punto de recarga.
Instalación progresiva
A partir de ese número, la exigencia continuará con otro cargador más por cada 40 plazas o fracción, hasta un máximo de un millar de plazas. Desde esa cantidad, las estaciones de recarga serán de una más por cada 100 plazas adicionales o fracción.
Además, en los edificios público con titularidad del Estado, y de organismos vinculados o dependientes, se instalará un punto de carga por cada 20 plazas de estacionamientos, hasta las 500 plazas. Más allá de esa cifra, habrá otra estación de carga por cada 100 plazas adicionales o fracción.
Todas estas infraestructuras deberán cumplir con los reglamentos de seguridad industrial correspondientes. Se excluye de la normativa los edificios protegidos por su valor arquitectónico o histórico, con el fin de garantizar su conservación.
Al margen de estos, deberán ceñirse al Decreto-ley desde los aparcamientos de pago a los centros de espectáculo, pasando por edificios de trabajo, hoteles, hospitales, colegios o universidades, estadios deportivos…
Avalancha de solicitudes
La necesidad de instalar estos puntos de recarga antes de final de 2022 puede provocar una avalancha de solicitudes que llegue a saturar la capacidad de las empresas especializadas. Es por ello que desde Charge Amps, compañía fundada en 2012 en Estocolmo (Suecia) y dedicada a soluciones de carga innovadoras y sostenibles, advierten de la necesidad de elegir el momento adecuado para este proceso.
Así lo explica Henrik Bergman, director general de la empresa para España y Portugal: “Se prevé que la llegada de turistas por carretera alcance este año cifras prepandémicas, y ofrecerles instalaciones preparadas para recibirles con sus eléctricos es clave para asegurar una buena experiencia de los clientes. Por otro lado, las vacaciones también suponen una reducción en el número de trabajadores presenciales, facilitando a las empresas la instalación de los cargadores en los centros de trabajo o zonas industriales. De la misma forma, es un buen momento para actualizar los aparcamientos en los centros educativos”.
Bergman señala igualmente las ventajas de una acertada elección de los cargadores que se deberán instalar en los próximos meses: “Elegir correctamente el sistema de gestión convierte un gasto en una oportunidad y en una inversión de futuro. Además, gracias a las subvenciones del Plan Moves III se puede financiar hasta el 70% de la instalación. Es el momento de apostar por la movilidad eléctrica y, para situar a España al nivel de otros países europeos en cuanto a infraestructuras de carga, es necesaria la implicación de los sectores que en ello ven una oportunidad”.
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