¿Habrá multas para las gasolineras sin cargadores eléctricos?

En Vancouver (Canadá) quieren aplicar una sanción de 10.000 dólares anuales a las gasolineras y aparcamientos que no dispongan de puntos de recarga.

Multas gasolineras cargadores eléctricos
La fecha límite que baraja la ciudad es 2025.

La llegada del coche eléctrico va a cambiar de manera paulatina la realidad del automóvil, exigiendo una infraestructura de carga cada vez más amplia, algo que va a provocar no pocos conflictos con los vehículos de combustión. La convivencia entre ambas tipologías se irá perfilando con el paso del tiempo, pero ya hay lugares en el mundo en el que se plantean sancionar a quienes no faciliten la introducción de los modelos sin emisiones en el ecosistema.

Un ejemplo claro de ello es Vancouver (Canadá) donde se quiere aprobar una normativa que sancione con 10.000 dólares anuales (9.100 euros al cambio actual) a las gasolineras y aparcamientos que no dispongan de cargadores eléctricos.

La idea parte de una realidad incontestable: de sus 66 estaciones de servicio, solo dos disponen de puntos de recarga. Entre los aparcamientos, disponen de ellos 60 de los 366 repartidos por toda la urbe.

Ante un número creciente de vehículos electrificados (hay que incluir aquí también los cada vez más comunes coches híbridos enchufables), la ciudad quiere aumentar el ritmo de instalación de estos dispositivos para cumplir con una demanda creciente.

La propuesta señala 2025 como fecha límite. En ese momento, para evitar la mencionada multa anual las estaciones de servicio tendrán que instalar un cargador rápido de corriente continua con una potencia mínima de 50 kW. A los aparcamientos les servirá con instalar cuatro cargadores de nivel 2.

La situación en España

En España, en noviembre de 2021 el Gobierno hizo una propuesta de orden ministerial para obligar a las estaciones de servicio a contar con puntos de recarga. Esta tenía dos consideraciones:

  • Las que tuvieran unas ventas de más de 10 millones de litros de gasolina en 2019 (más de 200 gasolineras en toda España) deberían instalar como mínimo un punto de recarga de 150 kW. Se establece un plazo de 21 meses desde la entrada en vigor de la ley.
  • Las que tuvieran unas ventas superiores a cinco millones de litros de gasolina en 2019 (600 estaciones de servicio ) deberían instalar al menos un punto de recarga con una potencia superior a 50 kW. El plazo es de 27 meses desde la aprobación de la ley.

Esto hace que la fechas límites para uno y otro tipo de estación sean febrero y agosto de 2023. Sin embargo, no se concreta qué medida se va tomar para incentivar esta instalación. O, por el contrario, cuál será el castigo para los que no cumplan con la normativa.

Hay excepciones a la norma, como las gasolineras que ya disponen de un punto de recarga con las mismas características. Tampoco estarían obligadas aquellas en las que no sea posible instalar la acometida eléctrica necesaria para colocar el punto de recarga, ni las que no puedan cumplir con las condiciones técnicas y los requisitos de calidad y seguridad necesarios.

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