Llevar una mascota en un coche viejo en verano puede contravenir la ley de bienestar animal, que prevé sanciones de entre 500 y 10.000 euros para las infracciones leves y exige ciertas condiciones a los automóviles para transportar animales domésticos en ellos. Muchos no las cumplen en España, con casi ocho millones de vehículos de más de 20 años de antigüedad.
Cualquier coche sin aire acondicionado queda en la práctica prohibido, pues el texto obliga a que el medio de transporte (“incluso si se trata de vehículo particular”) disponga “de un sistema de climatización y ventilación a efectos de mantener a los animales dentro de su rango de confort”.
Más información
La ley de bienestar animal especifica, por otra parte, que durante el viaje debe garantizarse la salud de los animales, su seguridad y la seguridad vial. Además, prohíbe dejar sola a una mascota en un vehículo si la temperatura exterior puede ponerla en peligro, circunstancia que, en algunos casos, se produce con mucha rapidez.
Prohibido dejar al perro en el coche con calor
La norma también impone que los animales estén en buenas condiciones para viajar, que se atiendan sus necesidades fisiológicas y que no estén expuestos a las condiciones meteorológicas adversas. Y que no les falten agua, alimento ni pausas en el camino.
Cuando el coche esté estacionado, el conductor debe asegurarse asimismo de que el interior esté bien aireado y que mantenga una temperatura apropiada.
Cómo viajar con mascotas
Igualmente, el texto añade que el transporte deberá realizarse en “habitáculos adaptados especialmente para ellos”, aunque también abre la posibilidad de que un animal viaje en el mismo espacio que su responsable “sin perjuicio de lo dispuesto en la normativa de seguridad vial”.
Y la ley de tráfico, inespecífica en muchos puntos, sostiene simplemente que el conductor debe asegurarse de que nada ni nadie lo entorpezca ni dificulte su visibilidad. Su obligación, literalmente, es vigilar “la adecuada colocación de objetos o animales transportados para que no haya interferencia entre el conductor y cualquiera de ellos”.
Cuando se trata de mascotas, eso se traduce en la necesidad de sujetarlos de algún modo. Los análisis científicos certifican que el peso de cualquier animal suelto en el habitáculo se multiplica por 35 en un accidente a 50 km/h, con el evidente riesgo para el resto de los ocupantes del vehículo.
“Los animales que no se llevan de forma adecuada en el vehículo representan un riesgo significativo de lesiones para todos sus ocupantes”, asegura la DGT en su web, y recuerda el peligro de que salgan despedidos en caso de siniestro o frenazo brusco.
El perro o el gato en el asiento delantero
“En una próxima modificación del Reglamente General de Circulación se abordará con mayor detalle el modo en que deben ser transportados los animales domésticos en los vehículos”, anticipa Francisco de las Alas-Pumariño, jefe de la Unidad de Normativa de la DGT.
Hasta que llegue esa regulación, las normas las dicta el sentido común, como la propia DGT recomienda. Los animales deben viajar en transportines de buena calidad o sujetos con arneses suficientemente seguros, y nunca sueltos en el habitáculo ni con la cabeza asomada por la ventanilla.
Tampoco han de estar anclados al coche por medio del collar, por el riesgo de ahogamiento, ni en el maletero. Y Tráfico advierte en concreto del riesgo de que una mascota vaya en el regazo del conductor o en el asiento del copiloto. Aunque la ley no lo prohíba expresamente, en estos dos casos es muy probable, casi seguro, que el animal moleste al automovilista e incremente las posibilidades de siniestro.
Sigue toda la información de EL MOTOR desde Facebook, Twitter o Instagram
Periodista especializado en seguridad vial. Editor y redactor de El Motor desde 2016. Empezó a escribir de fútbol en 1998 en Diario 16 y ha trabajado en varios proyectos de Prisa Media desde 2000. Licenciado en Periodismo por la Universidad de Navarra, es autor de ‘Aquí no se rinde ni Dios’ (2020).
