En 2019, año de referencia estadístico, la Dirección General de Tráfico puso unas 112.000 multas a automovilistas que viajaban sin el permiso correspondiente para manejar un vehículo. Conducir sin carné, sin embargo, no es una de las acciones más habituales detectadas por la DGT: según los datos de Automovilistas Europeos Asociados, hace dos años representó el 2,9% de las sanciones.
Pero se trata de una infracción tipificada por la ley de tráfico como muy grave, por lo que se castiga con una multa de 500 euros.
Más información
Respecto al carné por puntos, quien conduce “careciendo del permiso o licencia de conducción correspondiente” puede tener tres consecuencias diferentes. Si todavía no ha obtenido el permiso, no perderá ningún punto.
En cambio, si está al volante con un carné que no le habilite para ello (es decir, de otra categoría), perderá cuatro puntos. El mismo castigo recibe quien conduzca “teniendo suspendida la autorización administrativa para conducir o teniendo prohibido el uso del vehículo que se conduce”.
Las multas más caras de la DGT
En todo caso, los 500 euros de sanción por conducir sin carné no es la más elevada. Estas son las multas más caras de la ley de tráfico.
- 600 euros. Los excesos de velocidad tienen un tratamiento específico en la ley de tráfico, y se consideran graves o muy graves. Estos están sancionados con una multa de 600 euros.
- Multas de 1.000 euros. Cuando un automovilista circula con “presencia en el organismo de drogas” o con una tasa de alcohol que duplica el máximo permitido, la multa es de 1.000 euros.
- Hasta 1.500 euros. Hay una multa de tráfico de cantidad variable que se impone no al conductor, sino al propietario de un vehículo: ocurre cuando este incumple “la obligación de identificar verazmente al conductor responsable” de una infracción. La cuantía de esta sanción depende de cómo fuera de grave la infracción original.
- 6.000 euros. Una de las multas más caras que impone la ley de tráfico la pagará quien conduzca “vehículos que tengan instalados inhibidores de radares”.
- Entre 3.000 y 20.000 euros. Según la ley de tráfico, se sancionarán con una multa de entre 3.000 y 20.000 euros estos supuestos: la retirada, ocultación, alteración o deterioro de la señalización permanente u ocasional; instalar inhibidores de radares o cinemómetros en los vehículos o causar daños a la infraestructura de la vía.
Sigue toda la información de EL MOTOR desde Facebook, Twitter o Instagram