Si un conductor no cumple con los límites de velocidad, puede ser sancionado. A veces, los agentes de Tráfico de la Guardia Civil imponen la multa en el acto, pero en otras ocasiones, los radares se encargan de ello. Las pruebas en las que se basan tienen un vacío legal que permite evitar esos castigos.
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Si un radar detecta una infracción por exceso de velocidad, su cámara captura imágenes para sancionar al conductor. Al no poder identificarlo, la multa se envía al propietario del vehículo.
Cuando la infracción es leve o grave sin pérdida de puntos, identificar al conductor es opcional: si se paga la multa, la Dirección General de Tráfico (DGT) asumirá que el infractor era quien conducía.

Obligatorio identificar al conductor
Si la infracción es grave con pérdida de puntos o muy grave, la situación cambia. En estos casos, la identificación del conductor es obligatoria, incluso si eres tú mismo. Hay un plazo de 10 días para realizar este trámite y, si no se lleva a cabo, se considerará una infracción muy grave. En otras palabras, puede conllevar una sanción mayor, sin opción de pronto pago.
Este proceso de identificación tiene un vacío legal del que muchos conductores se aprovechan. Cuando la multa llega al propietario del vehículo e infractor, pero en las fotografías no se le puede identificar, piden a otra persona que asuma la responsabilidad de la sanción.

Un familiar mayor
Normalmente, eligen a un familiar que, por diversas razones, no conduce a menudo y que, además, tiene todos los puntos del carnet: suele ser alguien mayor como los abuelos, los tíos… El sistema de sanciones de la DGT es vulnerable a estas prácticas, donde también entra la ética personal.
Si se prueba que el propietario del vehículo conducía en el momento de la infracción y que, además, ha cometido este fraude, puede ser acusado de falsedad documental. Esto puede conllevar multas de entre 6.000 y 12.000 euros y penas de cárcel de tres a seis meses.
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