¿Hay que ceder el paso si se va 120 km/h por el carril de la izquierda y un coche quiere pasar?

Los vehículos tienen que circular, obligatoriamente, por la parte derecha de la vía en autopistas y autovías.

carril izquierdo autovia
Varios coches circulando por la A-3.

A pesar de lo que se ve cada día en las vías de más de un carril, la ley establece que se debe circular por la derecha en autovías y autopistas. ¿Qué ocurre cuando un coche va a 120 km/h por el carril de la izquierda y otro quiere pasar? ¿Tiene que cederle el paso?

La norma de circular por la derecha se creó para mantener un flujo de tráfico seguro y fluido. De esta manera, se garantiza una adecuada distribución de los vehículos en la vía y se previenen tanto congestiones como situaciones de riesgo.

Así las cosas, los vehículos (incluyendo a aquellos que tienen una Masa Máxima Autorizada (MMA) superior a 3.500 kilos) tienen que circular, obligatoriamente, por el carril derecho de autopistas y autovías.

La norma es aplicable a todos, independientemente de la velocidad a la que circulen. Si un vehículo lleva un ritmo de 120 km/h, el máximo permitido en este tipo de vías, deberá ir por el carril derecho, dejando libre el de la izquierda. Este está reservado, únicamente, para adelantar.

Así lo establece el artículo 31 del Reglamento General de Circulación (RGC): “Fuera de poblado, en las calzadas con más de un carril reservado para su sentido de la marcha, el conductor de un automóvil circulará normalmente por el carril situado más a la derecha”.

Completa la norma, puntualizando que “se podrá utilizar el resto de los del mismo sentido cuando las circunstancias del tráfico o de la vía lo aconsejen, a condición de que no entorpezca la marcha de otro vehículo que le siga”.

O lo que es lo mismo: en situaciones específicas como un adelantamiento. También para adaptarse a las condiciones del tráfico o de la vía, siempre que se entorpezca la marcha del resto de vehículos.

Una infracción grave

La sanción de 200 euros, sin pérdida de puntos en el carnet de conducir, no solamente es para el conductor que, sin respetar la norma, adelanta utilizando el carril de la derecha.

También estarán cometiendo una infracción grave los vehículos que usen el carril central o el izquierdo porque estarán circulando de forma incorrecta y, además, estarán estorbando la circulación de los demás usuarios de la vía.

Andalucía

Las excepciones

En los artículos 82 y 83 del RGC, figuran las excepciones a esta norma. Será posible adelantar por la derecha si el coche al que se está superando indica, claramente, su intención de cambiar de dirección hacia la izquierda o de detenerse en ese lado. Además, cuando se circula por el carril derecho en un atasco es un rebasamiento y no un adelantamiento.

Finalmente, en una vía urbana con dos o más carriles por sentido que estén delimitados, el conductor puede ocupar el que más le convenga dependiendo de su destino.

Por lo tanto, un vehículo que circula por la ciudad sí puede adelantar por la derecha: “Dentro de los poblados, en las calzadas que tengan, por lo menos, dos carriles reservados a la circulación en el mismo sentido de marcha, delimitados por marcas longitudinales, se permite el adelantamiento por la derecha”. Eso sí, el conductor debe cerciorarse “previamente de que puede hacerlo sin peligro para los demás usuarios”.

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