Los propietarios de vehículos de movilidad personal (VMP), entre ellos los patinetes eléctricos, deben registrarlos en la Dirección General de Tráfico (DGT) y contratar una póliza de responsabilidad civil que cubra daños a terceros. Este sistema de inscripción y seguro, obligatorio desde el 30 de enero, pretende poner un poco de orden en el maremágnum de más de cuatro millones de patinetes, monociclos y segways que circulan por España, según cálculos del organismo.
La reforma de la ley del seguro, aprobada en junio de 2025, estableció que todos los VMP deben asegurarse y fijó sanciones que pueden oscilar entre los 200 y los 1.000 euros para quienes no contraten la póliza correspondiente. Según detalla la patronal del seguro UNESPA, el importe final dependerá de factores como la categoría del vehículo, si circulaba en el momento de la infracción, la gravedad de los daños causados o la reiteración del incumplimiento.
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Esta normativa introdujo también el concepto de vehículo personal ligero, dividido en dos grupos: los que alcanzan entre 6 y 25 km/h con un peso inferior a 25 kilos y aquellos que, superando ese peso, están B En todos los casos se trata de vehículos eléctricos de una o varias ruedas, con una sola plaza y que únicamente pueden incorporar asiento si cuentan con sistema de autoequilibrado.
Otro de los pilares de la reforma es la cobertura mínima que deben asumir las aseguradoras: 6,45 millones de euros por siniestro cuando existan daños personales (sin importar cuántas víctimas haya) y 1,3 millones de euros para los desperfectos materiales.
Aunque la ley entró en vigor el 2 de enero, su aplicación práctica dependía de la puesta en marcha del registro, el trámite previo indispensable para contratar el seguro. Los propietarios (o los tutores, si el usuario es menor) deben inscribir el VMP a través de la sede electrónica de la DGT, donde el proceso ya está disponible. En caso de dudas o necesidad de asistencia, los ciudadanos pueden recurrir al teléfono 060.
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