La verdad sobre las cadenas en el coche: lo que realmente exige la ley cuando cae la nieve en España

Con las primeras nevadas, muchos conductores dudan sobre la obligatoriedad de llevar las cadenas siempre en el coche.

Cada vez que la nieve cubre los puertos y carreteras de la geografía española, surge la misma pregunta entre los conductores: ¿es obligatorio llevar cadenas en el coche? La respuesta, aunque pueda sorprender, es clara. No, no lo es. Al menos, no de manera generalizada. El Reglamento General de Vehículos de España no obliga a llevar cadenas a bordo de forma permanente.

Sin embargo –y aquí está el matiz importante– conducir por una carretera nevada sin cadenas o sin neumáticos de invierno sí puede acarrear una sanción. No por no llevarlas en el maletero, sino por circular sin los dispositivos necesarios cuando las condiciones lo exigen. Una diferencia clave que muchos desconocen.

No es sancionable

Las autoridades de tráfico lo repiten cada temporada: no pueden multar a un conductor por no incluir cadenas entre el equipamiento del vehículo. Pero si la vía está afectada por nieve y un agente detecta que el vehículo avanza sin los elementos obligatorios para garantizar la adherencia y la seguridad, entonces sí puede sancionar. La multa sería de 200 euros y no conllevaría la pérdida de puntos en el carnet de conducir.

En otras palabras: no es obligatorio llevar cadenas, pero sí lo es usarlas cuando la situación lo requiere. Y ahí es donde las multas entran en juego. Las zonas de montaña, los puertos y las carreteras donde se activa el nivel rojo, amarillo o negro de circulación son los escenarios más habituales donde se exige su utilización inmediata.

Lo que exige la normativa

El Reglamento General de Vehículos, en su Anexo XII, detalla la lista completa de elementos obligatorios para circular. Y entre ellos no aparecen las cadenas. Para los turismos y vehículos de hasta 3.500 kg, la dotación exigida se reduce a:

  • Dispositivo luminoso V-16 de preseñalización de peligro.
  • Chaleco reflectante de alta visibilidad homologado.
  • Rueda de repuesto o alternativa que permita continuar la marcha con seguridad.

Nada más. Ni cadenas ni neumáticos de invierno. La obligación de poner las cadenas en las ruedas llega únicamente cuando la meteorología aprieta y la carretera —y la señal que obliga a colocarlas— así lo determina.

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