Cualquier conductor sabe que la prioridad en un paso de cebra es del peatón, y la mayoría de los automovilistas los respetan. Lo que puede que no conozcan todos es la sanción que acarrea saltarse uno de ellos, que no es la misma si además se pone en riesgo real a la persona que había empezado a cruzar.
Los primeros pasos de peatones empezaron a colocarse en 1.000 puntos de Reino Unido en 1949, y dos años después se generalizaron tras una medida que los introdujo por ley.
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Al principio se señalaron mediante luces y bolardos, pero las autoridades sumaron las franjas blancas (perpendiculares al sentido de la vía) para añadir visibilidad al paso, que pronto, por motivos evidentes, se llamó “de cebra”. No tardó en extenderse en otros países.
Aun con todo, los viandantes no siempre están seguros: en 2018 se registraron en España más de 14.000 atropellos, de los cuales 13.000 se produjeron en vías urbanas. Una buena parte de ellos sucedieron cuando los peatones cruzaban por los pasos habilitados, que obligan a los conductores a detenerse.
En cuanto el peatón pone el pie en el paso de cebra tiene preferencia sobre los coches, que deben detenerse a no ser que frenar suponga un peligro para los vehículos que circulan detrás de él. El Reglamento General de Circulación considera infracción grave saltarse un paso de cebra, acción que está sancionada con una multa de 200 euros (100 con importe reducido por pronto pago).
De hecho, el artículo 46.1 obliga al conductor a moderar la velocidad al “aproximarse a pasos de peatones no regulados por semáforo o agentes de la circulación”. Si se produce riesgo para los viandantes, el conductor puede perder hasta cuatro puntos del carnet.
Para reducir el número de atropellos y sus consecuencias (los últimos datos consolidados de la DGT, correspondientes a 2018, registran 214 fallecidos por esta circunstancia), algunos municipios han probado soluciones novedosas, como los pasos de cebra con efecto tridimensional situados en Almussafes (Valencia), Vila-real (Castellón) o Puente San Miguel (Cantabria). Estos pasos de cebra flotantes ya se usaron antes en Islandia o la India, por ejemplo.
En la Comunidad de Madrid, el Ayuntamiento de Paracuellos de Jarama ha probado otra solución. Hace unos días estrenó cinco pasos de cebra lumínicos e inteligentes. A simple vista se trata de una instalación convencional, pero los dispositivos son capaces de detectar a los viandantes que van a cruzar, de modo que en ese momento se iluminan para alertar del peligro a los conductores.
El @AytoParacuellos ha instalado cinco pasos de peatones lumínicos e inteligentes en diferentes ubicaciones de su municipio, con la finalidad de mejorar la seguridad peatonal en las zonas de mayor tránsito de usuarios, como son centros educativos y comerciales pic.twitter.com/M3G5t5bNoX
— Interlight (@interlight_sp) January 31, 2020
Otros dos artículos del reglamento general de circulación limitan la acción de los conductores en los pasos de peatones. Por un lado (artículo 59.1), “ningún conductor deberá penetrar con su vehículo en una intersección o en un paso para peatones o para ciclistas si la situación de la circulación es tal que, previsiblemente, pueda quedar detenido de forma que impida u obstruya la circulación transversal”. Es decir, se prohíbe bloquear estas zonas de paso señalizadas.
Por otra parte (artículo 94.2), queda prohibido estacionar “sobre las aceras, paseos y demás zonas destinadas al paso de peatones”. Los viandantes, por cierto, también pueden ser sancionados: la multa por cruzar la calle excesivamente despacio (sin causa justificada) se traduce en una sanción de 80 euros, la misma que si se atraviesa la calzada por un lugar no habilitado para ello.
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