¿Pueden multarte por aparcar demasiado cerca de otro coche?

Si el hueco es especialmente escaso, tal vez merezca la pena buscar otro. Las ordenanzas municipales prohíben dificultar las maniobras ajenas y lo sancionan.

pintura coche sol
Varios coches estacionados al sol.

Las multas por estacionar o parar incorrectamente van desde los 80 a los 200 euros y engloban una variada cantidad de supuestos, no todos suficientemente conocidos por los conductores. ¿Puedes llevarte una multa, por ejemplo, por aparcar demasiado cerca del vehículo de al lado?

Los centros de las ciudades resultan complicados para el coche y en ocasiones no queda más remedio que acudir a huecos especialmente escasos para el tamaño del automóvil. En esas circunstancias (como siempre), lo apropiado es hacer caso al sentido común.

Cuando se aparca en batería, el espacio debe ser suficiente para que quepa el coche y para que los ocupantes puedan salir de él (y luego entrar) con comodidad, o al menos sin excesiva dificultad. A la vez, por ese mismo motivo, habrá espacio libre para los usuarios de los coches colindantes. Si se estaciona en línea, deberá guardarse una distancia mínima por delante y por detrás para que los automóviles vecinos tengan capacidad de maniobra.

La teoría no parece complicada, pero en la práctica algunos conductores apuran demasiado el espacio. Y en esta circunstancia la policía municipal puede multarlos. Todo depende en todo caso de la ciudad de que se trate, pues son las ordenanzas municipales las que regulan el estacionamiento en suelo urbano.

Como ejemplo, y sin necesidad de sacar la cinta métrica, la Ordenanza de circulación de peatones y vehículos de Barcelona alude a esta cuestión en dos epígrafes. Por un lado, indica que “en los estacionamientos con señalización el pavimento, los vehículos se situarán dentro del perímetro marcado”; por otra parte, prohíbe el estacionamiento “en condiciones que se entorpezca la salida de otros vehículos estacionados reglamentariamente”.

También el reglamento local madrileño hace referencia a este aspecto, y además de manera muy similar: “Cuando el espacio destinado a estacionamiento esté delimitado en el pavimento, deberá estacionarse dentro del área marcada. El estacionamiento se efectuará de forma tal que permita la ejecución de las maniobras de entrada y salida. Y permita la mejor utilización del espacio restante para otros usuarios”.

Multas de aparcamiento

Como recoge en su web el club de automovilistas RACE, el Reglamento General de Circulación establece las siguientes sanciones:

  • Vulnerar el régimen de parada y estacionamiento en vía urbana regulado por la ordenanza municipal incumpliendo las limitaciones horarias de duración del estacionamiento (art. 93): 80 euros.
  • Parar en zona destinada para estacionamiento y parada de uso exclusivo para el transporte público urbano (art. 94): 200 euros.
  • Estacionar en un carril o parte de la vía reservada exclusivamente para el servicio o circulación de determinados usuarios cuando obstaculice gravemente la circulación o sea un riesgo para los peatones (art. 94): 200 euros.
  • No señalizar la presencia de un vehículo inmovilizado para realizar una parada o estacionamiento (art. 109): 80 euros
  • No obedecer la señal de parada y estacionamiento prohibido (señal R-307) (art. 154): 200 euros
  • No obedecer la señal de estacionamiento prohibido (señal R-308) (art. 154): 200 euros
  • No obedecer la señal de estacionamiento prohibido los días impares (señal R-308 a) o pares (señal R 308 b) (art. 154), primera o segunda quincena: 200 euros.
  • No obedecer la señal de estacionamiento prohibido en vado (R-308 e) (art. 154): 200 euros.

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