La señal R-2, según lo establecido en el artículo 151 del Reglamento General de Circulación (RGC), obliga al conductor a detener su vehículo justo antes de la señal, ya sea vertical o pintada en el pavimento. En caso de que no exista señalización visible, la detención debe realizarse antes de la intersección.
A pesar de esta obligación, el incumplimiento del ‘stop’ sigue siendo una de las infracciones más frecuentes en la conducción. De acuerdo con los datos disponibles de la Dirección General de Tráfico (DGT), correspondientes al año 2021 (el último con estadísticas completas), un total de 1.093 conductores implicados en accidentes con víctimas no respetaron una señal de ‘stop’.
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¿Cuántos radares de ‘stop’ hay en España?
Para hacer frente a esta problemática, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha optado por instalar radares específicos que controlan el cumplimiento de las señales de ‘stop’. Actualmente, hay dos dispositivos operativos en España: uno en la carretera CM-220, en el kilómetro 68,7 (provincia de Cuenca), y otro en la M-222, en el kilómetro 13,95 (Comunidad de Madrid).
Ambos dispositivos están operativos desde mediados de 2023 y, aunque comúnmente se les denomina “radares de stop”, en realidad no se trata de cinemómetros tradicionales. Son cámaras equipadas con tecnología de visión artificial, diseñadas específicamente para detectar si los conductores respetan la señal de detención obligatoria.

¿Cómo funcionan los radares de ‘stop’?
El sistema de vigilancia de las señales de ‘stop’ incorpora una cámara que registra de forma continua el paso de los vehículos que se aproximan a un cruce regulado por esta señal. Está configurado para detectar si el coche realiza una parada completa, tal y como exige la normativa.
Las imágenes captadas de los conductores que no respetan la señal de ‘stop’ se envían al Centro de Tratamiento de Denuncias Automáticas. Allí, personal especializado revisa cada caso para verificar la infracción y, si procede, iniciar el correspondiente expediente sancionador.
Los conductores que incumplen la obligación de detenerse ante una señal de ‘stop’ se enfrentan a una sanción económica de 200 euros, además de la pérdida de cuatro puntos en el carnet de conducir. Esta penalización también se aplica a quienes no realizan una parada completa y convierten el ‘stop’ en un simple ceda el paso.
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