La normativa de tráfico impone una serie de obligaciones a los conductores, cuyo incumplimiento puede tener como consecuencia multas considerables. Entre los elementos que se recomienda llevar en el coche, especialmente para quienes viajan frecuentemente por carretera, se encuentra el botiquín de primeros auxilios. Aunque no es obligatorio, su presencia puede ser crucial en caso de una dolencia repentina o un accidente leve. Permite realizar una cura de emergencia hasta que se pueda recibir asistencia sanitaria.
El contenido del botiquín debe cumplir con la normativa internacional DIN 13164, que especifica los elementos imprescindibles que debe contener. Estos incluyen guantes quirúrgicos, tijeras, apósitos, algodón, vendas, esparadrapo, antisépticos y desinfectantes.
Más información
Además, es recomendable incluir medicamentos de uso frecuente como pomadas para quemaduras, antihistamínicos para picaduras, pastillas para el mareo, analgésicos y antipiréticos. También es útil llevar una manta térmica y un termómetro para controlar la fiebre en caso de enfriamiento repentino.
A pesar de que en España no es obligatorio llevar un botiquín, otros países europeos como Bélgica y Austria sí lo exigen. En cualquier caso, la Dirección General de Tráfico (DGT) recomienda llevarlo, especialmente en invierno y bajo riesgo de inclemencias meteorológicas.

Gafas obligatorias
Además del botiquín, existen otras obligaciones legales para los conductores en España. Por ejemplo, el Reglamento General de Conductores establece que los automovilistas deben usar correctores de visión si los necesitan, y esta obligación debe constar en su carné de conducir. Incumplir esta norma se considera una infracción grave y se castiga con una multa de 200 euros.
Chaleco reflectante
El reglamento de circulación también exige que los conductores lleven un chaleco reflectante en el vehículo y lo utilicen cuando salgan del coche y ocupen la calzada o el arcén de las vías interurbanas. No cumplir con esta norma supone una multa de 200 euros. Es recomendable tener más de un chaleco para que los ocupantes también puedan salir del vehículo en caso necesario.

Triángulo de emergencia o luces V-16
Otro elemento obligatorio es el accesorio para señalizar emergencias. Los conductores tienen dos alternativas: pueden llevar dos triángulos para usarlos en carreteras de doble sentido, colocándolos a 50 metros del coche y visibles a una distancia de 100 metros. Otra opción es usar las luces V-16, que ya son legales y sustituirán a los triángulos desde el 1 de enero de 2026. No disponer de una de las dos alternativas acarrea una sanción de 200 euros.
Ficha técnica o de ITV
La inspección técnica de vehículos (ITV) también es obligatoria. Olvidarse de pasar la ITV o de colocar la pegatina en el parabrisas puede acabar con una multa de hasta 200 euros. La normativa establece que los vehículos que hayan superado favorablemente la inspección deben ostentar un distintivo en un lugar visible, indicando la fecha de la próxima inspección.
Rueda de repuesto
En cuanto a la rueda de repuesto, el reglamento de vehículos indica la obligatoriedad de llevar una rueda completa de repuesto o una rueda de uso temporal, junto con las herramientas necesarias para el cambio de ruedas, o un sistema alternativo que ofrezca garantías para la movilidad del vehículo. No cumplir con esta obligación puede resultar en una multa de 200 euros.
Cadenas para la nieve
Finalmente, aunque no es obligatorio llevar cadenas para la nieve en el maletero, sí lo es detener el coche si una señal o un agente indican que su uso es obligatorio. Circular sin cadenas cuando es obligatorio también conlleva una multa de 200 euros.
Sigue toda la información de EL MOTOR desde Facebook, X o Instagram