La primera inspección técnica se debe realizar a los cuatro años de la matriculación de un coche. A partir de ese momento, los turismos de entre cuatro y 10 años de antigüedad tienen que presentarse a la inspección cada dos años, y después realizarla anualmente. En el caso de las motos, tras el periodo de cuatro años (tres en el caso de los ciclomotores), la revisión pasa a ser bienal indefinidamente.
Los turismos y las motocicletas (los vehículos más numerosos en España) comparten el sistema de matriculación, por lo que durante junio de 2026 deben someterse a su primera ITV aquellos que se matricularon en junio de 2022. De forma más gráfica, las matrículas obligadas a la inspección son, aproximadamente, aquellas que van de LYJ a LYZ.
Los propietarios de los vehículos, en todo caso, no tienen por qué esperar al último día. Si la hacen durante los 30 días anteriores a la fecha límite, los plazos de la próxima no cambian.
Se trata de un trámite obligatorio y de gran relevancia para la seguridad vial, pero con un alto grado de absentismo. A cierre de 2024, último año con datos oficiales, el 32,7% de los vehículos obligados a ella no habían pasado la ITV.
La influencia negativa de un mal mantenimiento en la seguridad vial resulta cada vez más patente. El porcentaje de turismos de más de 10 años implicados en siniestros viales con fallecidos y sin ITV en vigor fue del 10% en 2023, frente al 9% de 2019. En el caso de los camiones de más de 3.500 kilogramos, la cifra alcanzó el 10% (un 7% antes de la pandemia).
Un 81% de aprobados a la primera
Cuando los vehículos acuden a la inspección, los fallos en el alumbrado y la señalización son los más detectados (22,6% de los casos en 2024), por delante de las emisiones contaminantes (21,5%), el capítulo de ruedas, neumáticos y suspensión (19,9%) y los frenos (11,4%).
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A pesar de estos datos, una mayoría abrumadora de los vehículos que acudieron a las estaciones ese año (81%) superó el trámite a la primera. De acuerdo con los registros del Ministerio de Industria, los vehículos agrícolas y los turismos mejoran estas cifras (87% y 82%, respectivamente), pero los camiones pesados y los autocares –los vehículos que más kilómetros hacen– quedan por debajo (71% y 73%, respectivamente).
Sanciones de hasta 500 euros
Las multas derivadas de la ITV engloban cuatro situaciones posibles, que en ningún caso acarrean pérdida de puntos:
- ITV caducada. La sanción por tener un vehículo sin la ITV en vigor (en circulación o estacionado) es de 200 euros.
- Circular con la ITV desfavorable. Si un vehículo circula con defectos graves –que solo permiten desplazarse hasta un taller–, su conductor se expone a una multa de 200 euros. El titular del vehículo está obligado a repararlo y volver a revisarlo en un plazo máximo de dos meses.
- Circular con una ITV negativa. Seguir circulando con defectos muy graves acarrea una sanción de 500 euros. En esta circunstancia, el vehículo solo puede abandonar la estación de ITV transportado por una grúa. El plazo máximo para la segunda revisión es de dos meses.
- No llevar el justificante. Multa de hasta 100 euros.
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