Las señales de tráfico cambian en España para mejorar su diseño, adaptarse a las transformaciones de la movilidad y enviar mensajes inequívocos y claros a los conductores. El stop estrena tipografía, la posible presencia de niebla se avisa con otro pictograma y las placas que anuncian electrolineras serán cada vez más comunes en las carreteras. La reforma del Reglamento General de Circulación entra en vigor este 1 de julio para actualizar en la normativa el catálogo de señales, sin renovar desde 2003.
Algunas de ellas ya se utilizan en la carretera desde hace tiempo (la prohibición de acceso a las zonas de bajas emisiones, por ejemplo, o el peligro por la presencia de jabalíes) y faltaba, precisamente, la reforma legal que da cobertura a su uso.
Con el nuevo catálogo de señales, la Dirección General de Tráfico pretende adecuarse a la Convención de Viena sobre Señalización Vial y mejorar los avisos a los automovilistas, así como coordinar el uso correcto de las señales, en particular en las zonas urbanas. De este modo, ningún ayuntamiento podrá usar una placa distinta a la oficial para prohibir el paso a los patinetes eléctricos, por ejemplo.
El real decreto de reforma entra en vigor este martes, pero el cambio físico de las señales se realizará de forma progresiva y coordinada con los ciclos de renovación habituales para reducir las cargas administrativas y evitar gastos superfluos. En cambio, las señales suprimidas deberán desaparecer de calles y carreteras en un plazo de un año desde la entrada en vigor de la norma.
Las nuevas señales más destacadas
P-20a. Peligro por la proximidad de uno o varios pasos para peatones.

P-20c. Peligro por la proximidad de un paso de peatones adosado o compartido con un paso para ciclistas.

P-21b. Peligro por la proximidad de un lugar frecuentado por personas con dificultades motrices o sensoriales.

P-24a. Peligro por la proximidad de un lugar donde frecuentemente la vía puede ser atravesada por animales en libertad, tratándose en una proporción muy significativa de jabalíes.

P-35. Peligro por la proximidad de un tramo comprendido entre una confluencia y una bifurcación donde se producen distintos movimientos de cambio de carril por parte de los vehículos, cruzándose sus trayectorias y aumentando por ello el riesgo de que se produzcan colisiones.

R-118. Prohibición de acceso a vehículos de movilidad personal.

R-119. Prohibición de acceso a ciclos y a vehículos de movilidad personal.

R-120. Prohibición de acceso a vehículos en función de su distintivo ambiental u otros criterios ambientales que se establezcan. Las condiciones se especificarán en un panel complementario S-860 o en un cartel en el que se incluya la señal, haciendo referencia en su caso a la clasificación de cada vehículo en función de su distintivo ambiental, según lo establecido reglamentariamente.

R-412b. Obligación de no proseguir la marcha sin neumáticos especiales de invierno.

R-419. Obligación para los conductores de tractores de utilizar el camino a cuya entrada esté situada.

R-420. Obligación para los conductores de vehículos de movilidad personal de circular por la vía a cuya entrada esté situada y prohibición a los demás usuarios de la vía de utilizarla.

R-421. Obligación para los conductores de ciclos y de vehículos de movilidad personal de circular por la vía a cuya entrada esté situada y prohibición a los demás usuarios de la vía de utilizarla.

R-422. Obligación para los usuarios de ciclos de continuar a pie. Si dicha obligación se limita a ciertos periodos, se indicará mediante un panel complementario.

R-507. Señala el lugar desde donde deja de ser aplicable una señal anterior de calzada obligatoria para automóviles, excepto motocicletas de dos ruedas y vehículos de tres ruedas asimilados a motocicletas.

S-1b. Indica el principio de una carretera multicarril y, por tanto, el lugar a partir del cual se aplican las reglas especiales de circulación en este tipo de vía. Esta señal puede indicar el ramal de un nudo que conduce a una carretera multicarril.

S-1c. Indica el principio de una carretera 2+1, es decir, aquella que consta de tres carriles de circulación y permite la circulación en ambos sentidos. El carril central se destina a facilitar la maniobra de adelantamiento, estando reservado de manera alterna a uno y otro sentido de circulación. Esta señal pude indicar también el ramal de un nudo que conduce a una carretera 2+1.

S-105d. Indica la situación de un surtidor o estación de servicio de carburantes con disponibilidad de estación de recarga eléctrica.

Señales que cambian de diseño
P-8. Peligro por la proximidad de un paso a nivel no provisto de barreras o semibarreras.

P-16a. Peligro por la existencia de un tramo de vía con fuerte pendiente descendente. La cifra indica la inclinación de la pendiente en porcentaje.

P-21a. Peligro por la proximidad de un lugar frecuentado por niños, como una escuela, una zona de juegos, etc.

P-33. Peligro por la proximidad de un tramo en el que frecuentemente la circulación se ve dificultada por una pérdida notable de visibilidad debida a niebla, lluvia, nieve, humos, etc.

R-105. Prohibición de acceso a ciclomotores. Igualmente prohíbe la entrada a vehículos para personas de movilidad reducida.

R-111. Prohibición de acceso a tractores y otras máquinas agrícolas autopropulsadas.

R-502. Señala el lugar desde donde deja de ser aplicable una señal anterior de adelantamiento prohibido.

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