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Una petición revolucionaria: perder puntos del carnet por estacionar en plazas para personas con movilidad reducida

Madrid |

El comité español de personas con discapacidad plantea que la ley de tráfico incluya esta infracción entre las muy graves y aumente su cuantía.

plaza movilidad reducida

Una plaza de aparcamiento reservada para personas con movilidad reducida.

El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) ha solicitado en el Congreso un cambio en la ley de tráfico para que aparcar sin permiso en una plaza reservada para personas con movilidad reducida suponga una pérdida de puntos en el permiso de conducir y acarree, además, una sanción económica superior a los 200 euros actuales.

Los grupos parlamentarios del PSOE y Sumar han apoyado la idea presentando una enmienda a la proposición de ley que pretende reducir la tasa máxima de alcohol a 0,2 gramos por litro de sangre. El texto registrado sugiere que detenerse o estacionar en lugares reservados para personas con discapacidad se considere una infracción muy grave (en lugar de grave), lo que implicaría aumentar la cuantía de la multa a 500 euros.

A juicio del CERMI, esta propuesta “se hace eco parcial de las demandas de la discapacidad organizada” y “resulta un avance”. Sin embargo, este comité considera que la sugerencia “se queda corta para lograr el objetivo”, es decir, evitar que los automovilistas sin derecho a ello ocupen esas plazas reservadas”.

Infracciones que quitan puntos del carnet

“La medida debe ir acompañada de la pérdida de puntos en el permiso para el conductor infractor, lo que tendría un efecto más intensamente disuasorio, preservando el uso de los estacionamientos reservados solo para quienes verdaderamente deben gozar de ese derecho”, insiste el CERMI.

El vídeo del día

Una plaza de aparcamiento reservada para personas con movilidad reducida.

De salir adelante, esta reforma introduciría una excepción en el sistema del carnet por puntos, que castiga únicamente infracciones que tienen influencia directa en la seguridad vial. Los conductores pierden dos puntos, por ejemplo, por circular entre 151 y 170 kilómetros por hora en vías limitadas a 120. 

Por encima, se castiga con la pérdida de tres puntos a los conductores que utilizan el móvil o el navegador GPS en marcha, y también a quienes llevan instalados en el vehículo mecanismos de detección de radares o cinemómetros. Las infracciones más graves, como circular con presencia de drogas en el organismo o sujetar el móvil con la mano mientras se conduce, suponen la retirada seis puntos menos.

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Sergio Amadoz

Periodista especializado en seguridad vial. Editor y redactor de El Motor desde 2016. Empezó a escribir de fútbol en 1998 en Diario 16 y ha trabajado en varios proyectos de Prisa Media desde 2000. Licenciado en Periodismo por la Universidad de Navarra, es autor de ‘Aquí no se rinde ni Dios’ (2020).

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