Tanto la Agencia Tributaria como los ayuntamientos permiten fraccionar el pago de deudas e impuestos para mitigar el golpe económico que pueden suponer para el bolsillo del usuario. ¿Pasa lo mismo con las multas de la Dirección General de Tráfico (DGT)?
Dependiendo del tipo de infracción, las sanciones de tráfico pueden llegar a ser de miles de euros y, además, en determinados casos no existe la rebaja del 50% por pronto pago. Llevar o usar un inhibidor de radares implica un castigo económico de 6.000 euros y conducir bajo los efectos de las drogas está penado con 1.000 euros, por ejemplo.
Más información
¿Se puede pagar una multa a plazos?
Cifras tan elevadas invitan a pensar en la posibilidad de fraccionar esa cantidad, como ocurre con algunas tasas. ¿Se puede pagar una multa a plazos? La respuesta que da la DGT no deja lugar para las dudas: no es posible fraccionar o aplazar el pago de una sanción. Ha de pagarse en tu totalidad.
Este precepto es aplicable tanto a las sanciones impuestas por la Dirección General de Tráfico como a las correspondientes a los ayuntamientos y comunidades autónomas.
Cómo abonar una sanción
Cuando el remitente de la multa es la DGT, el conductor puede abonarla dentro del periodo voluntario de 20 días naturales desde que la denuncia fue notificada: este plazo suele ser también el que dan los consistorios locales. En este lapso de tiempo es cuando el conductor puede acogerse a la opción de pronto pago para abonar, sólo, el 50% de la cuantía. Una opción, eso sí, que no siempre está disponible.
Cuando acaba el periodo voluntario, comienza el ordinario. En este caso, el infractor dispone de 45 días para abonar la sanción sin ningún tipo de rebaja en su importe. Superado este plazo, la multa pasa de la vía administrativa a la ejecutiva y será la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) la encargada de cobrarla con un 20% de recargo.
Pagar a plazos en la Agencia Tributaria
Cuando la multa está en manos de la Agencia Tributaria, sí sería posible abonarla a plazos, como ocurre con otras deudas. Para ello, el conductor tiene que pedir un fraccionamiento del pago: dependiendo del importe de la sanción, la AEAT decidirá si se puede dividir o no. Hay que tener en cuenta, también, que esta fórmula de pago puede obligar a pagar intereses.
Por último, si el conductor ignora todos estos plazos y vías para pagar la multa que ha recibido, llegará al último nivel: el procedimiento de embargo de los bienes. Habitualmente, las autoridades requisan el dinero del sueldo, pensión o cuenta bancaria. Y si estas vías no son suficientes, se recurre a la confiscación de los inmuebles y propiedades que puedan saldar la deuda.
Sigue toda la información de EL MOTOR desde Facebook, X o Instagram