El próximo 1 de octubre entrará en vigor el nuevo Reglamento de Vehículos Históricos, recientemente aprobado por el Consejo de Ministros. Entre las novedades que llegarán de su mano figura una prohibición que afecta a los más pequeños de la casa.
En el artículo 19 del nuevo reglamento es donde se establece que “los vehículos históricos que carezcan de cinturones de seguridad o en los que no sea técnicamente posible instalar sistemas de retención infantil, no podrán ser ocupados por menores de edad de estatura igual o inferior a 135 centímetros”.
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Hace, eso sí, una puntualización. Esta prohibición se aplica únicamente “en vías interurbanas”. En las urbanas, es decir, dentro de la ciudad, los niños sí podrán viajar a bordo de un coche histórico.
La obligatoriedad de los cinturones de seguridad
Para que un vehículo pueda considerarse histórico deberá haber sido fabricados o matriculados por primera vez hace 30 años, como mínimo, haber dejado de producirse su tipo específico y estar en su estado original.
No puede haber sido sometido a ningún cambio fundamental en cuanto a sus características o componentes principales. Como novedad, se exige también que estén en un correcto estado de mantenimiento y conservación.
La prohibición, por lo tanto, afecta a buena parte de los 47.000 vehículos históricos (2023) que circulan por España. Hay que tener en cuenta que el uso de los cinturones de seguridad en los asientos traseros es obligatorio desde 1992: muchos de ellos no estarán equipados con este sistema.
Lo mismo ocurrirá con los que sean previos a 1975: fue entonces cuando su instalación en los asientos delanteros fue obligatoria. Cabe recordar que los niños pueden viajar en el asiento del copiloto cuando el coche es biplaza y, por lo tanto, carece de fila trasera.
200 euros y cuatro puntos
La prohibición que impide a los más pequeños viajar en un coche histórico responde a una cuestión de seguridad. Muchos de ellos no tienen cinturón, pero tampoco sistema Isofix.
Esto imposibilita la instalación de los Sistemas de Retención Infantil (SRI) y todos los niños que midan 135 centímetros o menos deben viajar, obligatoriamente, en uno de ellos. No hacerlo implica una multa de 200 euros y la pérdida de cuatro puntos del carnet de conducir… independientemente de si el coche es histórico o no.
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