Superar el límite de velocidad, aparcar en sitios indebidos o no llevar el casco o el cinturón de seguridad son algunos de los motivos que conllevan una multa. Y la Ley de Tráfico “indica que, por lo general, el autor de una infracción es la persona responsable y, por tanto, quien será sancionado”, según Jordi Marí, abogado de la compañía aseguradora ARAG.
Cuando la Guardia Civil o la policía detienen al vehículo infractor, la denuncia se notifica directamente al autor de los hechos. Sin embargo, hay algunas excepciones en las que el denunciado puede ser otro distinto.
CAPTADOS POR UN RADAR
En caso de que la infracción sea detectada por un radar o cámara, y no se pueda detener al vehículo o el conductor esté ausente, la multa irá dirigida al propietario. Si este no fuera el conductor, podrá identificarlo para que la sanción se traslade al automovilista.
COCHES ALQUILADOS
En el caso de una infracción cometida en un vehículo alquilado, el responsable será la persona que haya realizado el alquiler, salvo que se identifique expresamente a otra persona como conductor.
Multas por mal estacionamiento
En el caso de multas originadas por mal estacionamiento correrán a cargo del titular del vehículo, al igual que en el caso de no pagar un peaje. Sin embargo, si el conductor fuera otra persona, el propietario denunciado podrá notificarlo, pasando la sanción al conductor identificado.
La documentación del vehículo
No tener la documentación del vehículo en regla o no haber pasado la inspección periódica de la ITV es sancionable. En ambos casos, es el titular del vehículo el responsable, indistintamente de si es el conductor o no. Lo mismo ocurre con el estado de conservación del vehículo cuando afecte a la seguridad, por ejemplo llevar las ruedas muy gastadas.
Si se diera el caso de no tener seguro contratado, sería el propietario también el que debería asumir la sanción. Independientemente de quién fuera el conductor.
¿Y los más pequeños?
Es obligatorio contar con elementos de seguridad como las sillitas o los elevadores. Si no se utilizaran, la sanción será para el conductor. La excepción la tienen los conductores que presten un servicio público, como los taxis, que no están obligados a disponer de estos elementos.
Motoristas
En el caso de los motoristas, si el acompañante no lleva el casco puesto es el conductor quien será responsable de la multa y la retirada de puntos, aunque él sí lo lleve, y ascenderá a 200 euros y tres puntos del carnet. Lo mismo sucede si el acompañante no tiene la edad mínima para ir en moto, y en este caso la sanción también será de 200 euros.
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