18 conductores, a juicio por excesos de velocidad considerados delito

Han sido las personas denunciadas en sólo una semana por superar los límites en más de 80 km/h.

Multas trafico
Imagen de un control realizado por la Guardia Civil.

La Dirección General de Tráfico (DGT) realizó el pasado mes de abril una campaña especial de vigilancia y control de velocidad en las carreteras españolas dentro de su competencia (todas excepto las de Cataluña y el País Vasco, que se encuentran transferidas). La Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil controló durante una semana (del 16 al 22) un total de 456.327 vehículos, de los que 20.823 fueron denunciados por excesos de velocidad.

De todos los controlados, el 4,6% fue sancionado en carreteras convencionales, un porcentaje que ascendió al 5,8% en autovías y autopistas. Un dato especialmente preocupante es que 18 conductores han sido puestos a disposición judicial en sólo una semana por exceder en más de 80 km/h la velocidad máxima permitida en la vía, según contempla el Código Penal.

En vías con velocidad de hasta 120 km/h, es decir autopistas y autovías, los controles sumaron 127.644 vehículos, sancionándose a 5.757 de ellos; en carreteras convencionales de 90 o 100 km/hm, el inventario fue de 328.683 con 15.066 multados. Unos resultados a los que habría que sumar los controles que diferentes policías autonómicas y locales realizaron en su ámbito de competencia y cuyos datos no han sido facilitados por la DGT.

Hay que recordar que los excesos de velocidad están tipificados como infracciones graves o muy graves, que acarrean multas de 100 a 600 euros y la pérdida de hasta seis puntos del carnet. Del mismo modos, el artículo 379 del Código Penal estipula que superar en más de 80 km/h la velocidad permitida en carretera (60 km/h en vías urbanas) puede ser castigado con pena de prisión de tres a seis meses, la multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días. En todo caso, además, se prevé la privación del derecho a conducir vehículos a motor por tiempo superior a un año y hasta un máximo de cuatro.

Coincidiendo con esta campaña especial de control de velocidad, la DGT ha hecho públicos nuevos vídeos (como los que siguen a estas líneas) captados por sus medios aéreos de vigilancia y que recogen infracciones de este tipo, algunas de ellas objeto de procedimientos judiciales a la vista de los excesos cometidos por sus autores.

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