El Parlamento Europeo está desarrollando la ley por la que, a partir del 6 de julio de 2022, todos los coches y camiones de nueva homologación en Europa deberán disponer obligatoriamente del sistema AIV (Adaptación Inteligente de la Velocidad) o ISA por sus siglas en inglés. Y más tarde, en 2024, su instalación será también preceptiva en cualquier vehículo nuevo que se venda.
El dispositivo consiste en un limitador de velocidad, como el que utilizan muchos modelos actuales, pero más evolucionado. La nueva reglamentación europea especifica que podrá funcionar mediante cámaras en el vehículo o por localización GPS.
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Pero en general la tecnología aplicada por los fabricantes en este asistente a la conducción obligatorio será mayoritariamente mixta, combinando el reconocimiento de las señales de tráfico mediante cámaras con la geolocalización por satélite.
Cómo funciona el limitador de velocidad
El AIV, que siempre podrá ser desactivado por el conductor si así lo desea, actúa primero avisándole de que supera la velocidad permitida mediante señales sonoras o acústicas. Pero también dispondrá de otra función automática que actúa directamente sobre el motor, reduciendo la potencia transmitida a las ruedas y decelerando para regular la velocidad del vehículo a la reglamentaria y a la vez impidiendo al conductor que la rebase acelerando.
El nuevo sistema no supondrá por lo tanto un limitador permanente, sino más bien un asistente a la conducción que se activará por defecto cada vez que se arranque el coche pero que, como los actuales controles de velocidad de crucero, podrá ser fácilmente desactivado si hubiese necesidad de hacerlo y el conductor seguirá siendo el responsable del vehículo.
Sin embargo, ante la nueva reglamentación comunitaria surge la necesidad por parte de los diferentes países de actualizar en tiempo real la cartografía de sus carreteras para garantizar su buen funcionamiento.
Por otro lado, la progresiva generalización del sistema AIV en los vehículos europeos busca reducir drásticamente las infracciones por exceso de velocidad y, en consecuencia, haría cada vez más innecesario su control mediante radares sancionadores. Una situación que podría afectar a la recaudación pública en concepto de multas por este concepto. En 2019, el último año de normalidad previo a la pandemia, los ingresos por sanciones (no solo de velocidad) fueron de 374 millones de euros, cifra que descendió a 336 en 2020.
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