La DGT prepara el registro obligatorio para los patinetes eléctricos, que deberán contar con un seguro a terceros en 2026

Una reforma de la ley del seguro obliga a la DGT a crear un registro de vehículos de movilidad personal antes del 2 de enero.

La creciente siniestralidad de los patinetes eléctricos llevó a una reforma de la ley del seguro que obliga a los propietarios de vehículos de movilidad personal (VMP) a contratar una póliza de responsabilidad civil antes del 2 de enero de 2026. Además, deberán inscribir los VMP en un registro público para circular legalmente en España en el que ya trabaja contrarreloj la Dirección General de Tráfico (DGT).

Diversas asociaciones de usuarios calculan que en España hay unos cinco millones de patinetes eléctricos. La normativa exige a la DGT que tenga preparado el registro también “antes del 2 de enero de 2026”. “Serán los compradores quienes tengan que inscribir el VMP [y no los vendedores] y estamos trabajando para que pueda realizarse de la manera más sencilla posible”, han confirmado a EL MOTOR fuentes de la DGT.

Con esta reforma, en vigor desde el 26 de julio de 2025, la ley del seguro de automóviles equipara los VMP a los ciclomotores y a los vehículos a motor, que deben estar respaldados por una póliza que cubra los daños a terceros en caso de siniestro.

Para acomodar los patinetes y similares a la regulación, la norma crea el concepto de vehículo personal ligero: dotado de una única plaza, puede tener una o más ruedas, motorización y “una velocidad máxima de fabricación entre 6 y 25 km/h” si su peso es inferior a 25 kilos. Si superan esa cifra en la báscula, la velocidad máxima debe estar entre 6 y 14 km/h. Estos vehículos solo pueden llevar un asiento o sillín “si están dotados de sistema de autoequilibrado”.

Certificado y etiqueta identificativa para los patinetes

Esta modificación legislativa incluye otras novedades en el terreno de los VMP: la necesidad de obtener un certificado de circulación, la inclusión en el registro de la DGT y llevar en el vehículo una “etiqueta identificativa con el número de inscripción asignado”. 

Los usuarios de los patinetes no deberán cumplir ninguno de estos requisitos hasta el 2 de enero, así que podrán seguir circulando, de momento, sin exigencias. A partir de esa fecha, y salvo que se apruebe una normativa específica para vehículos personales ligeros, la ley del seguro de automóviles regirá también para los VMP aunque con algunas particularidades, aclara el texto. Entre ellas, las sanciones por no asegurar el vehículo, que serán de un tercio de las establecidas para los vehículos a motor: es decir, de 200 a 1.000 euros.

Además, las aseguradoras que ofrezcan las pólizas deberán cubrir, como mínimo, 6.450.000 euros por siniestro en los daños a las personas (cualquiera que sea el número de víctimas) y 1.300.000 euros en los daños a los bienes.

Esta nueva normativa llega en un periodo de perfil bajo para los patinetes eléctricos, temidos por los peatones, mal vistos por los conductores y prohibidos en el transporte público de muchas ciudades (incluidas Madrid y Barcelona) por el peligro de explosión de las baterías.

La siniestralidad tampoco favorece una percepción positiva: según los datos de la DGT, en 2023, fallecieron 10 personas usuarias de vehículos de movilidad personal, 341 resultaron personas heridas hospitalizadas y 5.329 fueron personas heridas no hospitalizadas. Además, en torno a un 15% de los siniestros con VMP implicados corresponde a atropellos a peatones.

Patinetes homologados en 2027

Entre tanto, muchos propietarios deberán adquirir un vehículo nuevo en menos de 15 meses. A partir del 22 de enero de 2027, solo podrán circular aquellos vehículos que hayan sido certificados para su uso conforme al manual aprobado por la DGT en 2022, que afecta a la velocidad máxima de los VMP, al sistema de frenos y a los avisadores acústicos, entre otros aspectos. Estas son algunas características técnicas y accesorios obligatorios:

  • Velocidad máxima limitada a 25 km/h.
  • Sistemas antimanipulación tanto para la velocidad como para la potencia.
  • Deberán incluir indicadores de velocidad y de nivel de carga.
  • Dos frenos independientes, con una desaceleración mínima de 3,5 m/s.
  • Freno de estacionamiento para los vehículos de más de dos ruedas.
  • Catadióptricos frontal (blanco), laterales (blanco o color amarillo auto) y traseros (rojo). 
  • Luz de freno, diferenciada o combinada con la luz trasera.
  • Avisador acústico y pata de cabra lateral o caballete central.
  • Ruedas de superficie rugosa y con un diámetro mínimo de 203,2 milímetros. 
  • Plegado seguro con un doble sistema de seguridad para que el VMP quede bien acoplado mientras se lleva recogido.

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