Se reserva el modelo, se firma un contrato y se devuelve días después. Esa es la operación realizada al alquilar un coche. Sin embargo, la factura final no siempre coincide con el precio anunciado. En algunos casos, una multa de tráfico puede acabar costando bastante más de lo esperado debido a determinados gastos de gestión aplicados por las compañías de rent a car.
La cuestión ha reaparecido después de que el Ministerio de Consumo haya sancionado a Avis con un millón de euros por considerar abusivo el cobro de una tasa administrativa a clientes que habían recibido multas mientras utilizaban vehículos de alquiler.
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Según el departamento dirigido por Pablo Bustinduy, la compañía aplicaba cargos de entre 33,88 y 45 euros por identificar al conductor ante la Administración, una obligación que corresponde legalmente al titular del vehículo.
Más allá del caso concreto, la noticia ha vuelto a poner sobre la mesa una duda habitual entre los usuarios: ¿quién paga una multa cuando el coche es de alquiler y qué gastos adicionales puede exigir la empresa?

¿Quién paga la multa?
Existe una idea equivocada bastante extendida. Algunas personas creen que, al no ser propietarios del vehículo, la responsabilidad de la sanción recae sobre la empresa de alquiler. Nada más lejos de la realidad.
Cuando un radar detecta un exceso de velocidad o un conductor comete cualquier otra infracción, la notificación llega inicialmente al titular del vehículo, que en este caso suele ser la empresa de alquiler. A partir de ese momento, la compañía está obligada a identificar a la persona que tenía arrendado el coche en ese instante para que la Administración dirija la sanción al conductor responsable. Por tanto, la multa la paga siempre quien cometió la infracción, independientemente de que el vehículo sea propio, prestado o alquilado.

La polémica está en los gastos de gestión
Donde empiezan los problemas es en los costes adicionales. Durante años, numerosas empresas de alquiler han incluido en sus condiciones una tarifa destinada a cubrir los trámites derivados de la recepción y gestión de multas. Estas cantidades suelen cargarse directamente en la tarjeta utilizada durante la reserva.
El argumento de las compañías es que identificar al conductor, tramitar la documentación y responder a los requerimientos administrativos genera unos costes internos. Sin embargo, Consumo considera que esta gestión forma parte de una obligación legal del titular del vehículo y que, por tanto, no debería trasladarse automáticamente al cliente.
Precisamente esa interpretación es la que ha motivado la sanción impuesta a Avis. El departamento liderado por Bustinduy concluye que se han vulnerado los artículos 82, 87.5 y 87.6, relativos a cláusulas abusivas, de la ley que protege los derechos de los consumidores.

Qué ocurre si te cargan una gestión de multa
Lo primero es revisar el contrato firmado. Muchas empresas especifican expresamente estos gastos en sus condiciones generales. Eso no significa automáticamente que el cargo sea válido en todos los casos, pero sí permite al cliente conocer de antemano qué conceptos podrían aplicarse.
Si el usuario considera que el cobro es indebido, puede solicitar una explicación detallada a la compañía, presentar una reclamación formal y, en caso necesario, acudir a organismos de consumo o a asociaciones especializadas en la defensa de los consumidores.
La reciente actuación de Consumo demuestra que determinadas cláusulas pueden terminar siendo consideradas abusivas si trasladan al cliente costes que corresponden legalmente a la empresa.

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