Averías de verano: ¿hay derecho a un coche de sustitución?

Si en medio de las vacaciones un vehículo se estropea o sufre un accidente, ¿el taller está obligado a ofrecer un vehículo de cortesía?

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Los talleres no tienen obligación de ofrecer vehículo de cortesía a sus clientes. | Getty

Una avería o un incidente puede llevar, de manera inesperada, el vehículo al taller durante varios días o semanas. Tanto en un escenario habitual como en uno vacaciones puede suponer un problema para el conductor. En estos casos, ¿el mecánico tiene la obligación de ofrecer un coche de sustitución o cortesía?

Lo cierto es que los coches de sustitución o cortesía son un servicio adicional (gratuito o de pago) de los talleres: no existe una norma que les obligue a ofrecérselo a sus clientes, a no ser que la garantía del propio vehículo lo incluya. La cosa cambia cuando esta opción sí está contemplada en el seguro.

El vehículo de sustitución suele ser una cobertura que figura en las pólizas a todo riesgo (con o sin franquicia) y en las que son a terceros completo. Si no es así, la mayoría de las compañías de seguros ofrecen la posibilidad de contratarla de manera opcional y con un coste adicional.

¿Cuándo ofrecen un coche de sustitución?

Las aseguradoras que cuentan con este servicio tienen, eso sí, una serie de condiciones para ofertarlo. El coche de sustitución suele estar reservado para robos y siniestros, dependiendo, eso sí, de la responsabilidad que haya tenido el asegurado.

Cuando se trata de una avería, entra en juego el período de tiempo que necesita la reparación. Si supera el plazo razonable, unos veinte días hábiles, según Ganvam, los talleres suelen ofrecer voluntariamente un coche de cortesía a sus clientes. Sobre todo, si el vehículo está en garantía.

A estos criterios hay que añadir otros como el tipo de vehículo, su kilometraje, el tipo de reparación y su precio, así como los años de experiencia al volante del conductor e, incluso, pueden exigirle una edad mínima.

Las condiciones de los vehículos de cortesía

Un vehículo de cortesía no tiene por qué ser igual que el modelo asegurado: a veces, ni siquiera pertenecerá al mismo segmento. El conductor que tenga esta cobertura y vaya a circular en uno de estos coches, debe ser consciente de que hay una serie de límites.

Será la aseguradora quien los imponga. Normalmente, suelen ser tres: la primera está relacionada con el tiempo que tendrá a su disposición el vehículo y que varía de una aseguradora a otra. Cuando se trata de una avería, el plazo es más breve que en el caso de haber sufrido un accidente: esa horquilla de tiempo puede ir de los tres a los 30 días.

A esto hay que añadir un límite de kilómetros que el conductor podrá recorrer con el vehículo de cortesía. Y, por último, algunas compañías pueden imponer restricciones de circulación prohibiendo, por ejemplo, cambiar de país o ir a una isla.

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