Conducción temeraria: ¿qué significa y qué multa acarrea?

Es una de las infracciones más graves que se pueden cometer al volante. Incluso puede derivar en pena de cárcel.

conducción temeraria

Circular a muy alta velocidad se considera también conducción temeraria.

De todas las infracciones que se pueden cometer al volante, la conducción temeraria es una de las más graves. Pero la tipificación de esta acción es muy difusa, ya que abarca varios tipos de conductas y, en algunos casos, puede quedar a criterio del agente de la autoridad.

Para empezar, y según reza el artículo 380 del Código Penal, la conducción temeraria consiste en “conducir un vehículo de motor o un ciclomotor con temeridad manifiesta y pusiere en concreto peligro la vida o la integridad de las personas”.

Es decir, toda acción que ponga en riesgo la seguridad, tanto propia del conductor como de sus acompañantes u otros usuarios de la vía.

Este artículo continua con las posibles consecuencias: “Será castigado con las penas de prisión de seis meses a dos años y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior, de uno hasta seis años”.

La multa puede ir desde los 200 euros y la retirada de cuatro puntos del carné, hasta su retirada completa y el ingreso en prisión.

¿Cuándo se considera conducción temeraria?

Son varias las circunstancias que pueden ser consideradas como conducción temeraria. Entre ellas está la de conducir con un nivel de alcohol en sangre por encima de lo legal o haber consumido drogas.

También se considera conducción temeraria hacerlo en sentido contrario a la marcha, conducir a una velocidad muy superior a la permitida o no respetar las señales de tráfico y con ello poner en riesgo a otros usuarios.

De estos, conducir en sentido contrario puede ser especialmente delicado. De hecho, se reguló la conducción temeraria como delito en la reforma penal del año 1989 debido a la especial alarma social que por entonces generaba el supuesto concreto de los llamados “conductores homicidas”, una acción a medio camino entre el delito de riesgo y la tentativa de homicidio.

Saltarse un semáforo

Por otro lado, saltarse un semáforo en rojo también puede acarrear graves consecuencias y, como mínimo, y si no se producen daños a terceros, la multa será de 200 euros y cuatro puntos del carné. El montante económico puede reducirse a la mitad si se paga en el periodo voluntario.

Decenas de coches en un gran atasco.

Además, hay algunas excepciones en las que un conductor puede pasar con un semáforo en rojo, como por ejemplo cuando un policía así lo indique. O para dejar paso a una ambulancia o a un vehículo policial. Si llega la sanción, habrá que demostrar el motivo con todas las pruebas que se puedan aportar.

Otro motivo que puede ser sancionado y que no pocas veces se ven en la carretera y, sobre todo, en grandes vías de circunvalación de las grandes ciudades, es la circulación en zigzag.

Sobre todo si hay retenciones, algunos conductores recurren a esta técnica que puede poner en peligro a otros conductores. Esta es una de las infracciones que queda a la interpretación de un agente si puede ser considerada conducción temeraria o no.

En estos casos, hay que recordar que un agente siempre cuenta con la presunción de veracidad ante la ley y prevalece su palabra frente a la del usuario particular. Esto no quiere decir que sea imposible conseguir que la denuncia prospere; la clave está en la cantidad de pruebas que se puedan aportar. Sobre todo, deben estar bien fundamentadas, mejor con testigos y con alguna grabación del hecho.

Diferencia con la conducción negligente

La conducción negligente supone una infracción grave, pero en este caso tiene más que ver con conductores despistados, que no prestan la suficiente atención a la vía o que superan por poco la velocidad máxima.

Entra dentro de esta categoría usar el teléfono móvil mientras se conduce, algo que acarrea una multa económica de 200 euros y la retirada de hasta seis puntos. En este mismo apartado se ubica el manejar las tan de moda pantallas multimedia mientras se conduce.

Sigue toda la información de EL MOTOR desde Facebook, Twitter o Instagram

Alfredo Rueda

Periodista especializado en motor desde hace más de 20 años, ha trabajado en diferentes gabinetes de prensa (Federación Española de Automovilismo o Circuito del Jarama) y medios especializados (Motor 16, Marca Motor o Auto Bild). Apasionado de coches, motos y, ahora también, de los cacharros con alas.

Salir de la versión móvil