En algunos trayectos por carretera empieza a repetirse una escena curiosa entre conductores habituales, que observan cómo ciertos dispositivos discretos se están convirtiendo en un complemento cada vez más presente dentro del vehículo.
No es un fenómeno masivo ni evidente a simple vista, pero sí lo suficientemente extendido como para generar conversación entre usuarios que buscan nuevas formas de anticiparse a lo que ocurre en la vía.
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Ooono y su modelo: el Co-Driver Nº1
El foco está puesto en un aparato de tamaño reducido que ha empezado a ganar presencia entre conductores habituales. Detrás se encuentra la marca Ooono, conocida por desarrollar sistemas de asistencia basados en avisos colaborativos entre usuarios.
El modelo Co-Driver Nº1 se ha convertido en el más comentado por su funcionamiento sencillo: emite señales cuando la comunidad detecta incidencias en carretera. No requiere pantallas ni configuraciones complejas, lo que ha favorecido su expansión entre perfiles muy distintos de conductores.
Su precio también ha contribuido a su popularidad. En plataformas como Amazon se puede encontrar por 34,78 euros, una cifra que lo sitúa como una opción accesible dentro de este tipo de dispositivos conectados.
Dos versiones muy distintas: Co-Driver Nº2
La gama no se queda en un único producto. Existe una segunda versión, el Co-Driver Nº2, que incorpora funciones más avanzadas orientadas a la detección directa de radares mediante tecnología de captación de señales.
Este punto marca la diferencia más importante entre ambos modelos. Mientras uno se basa en avisos compartidos, el otro entra en una categoría completamente distinta dentro de la normativa europea, lo que cambia por completo su situación legal en carretera.
Detector de radares: ¿qué dice la normativa?
En España, la legislación distingue claramente entre avisadores y detectores. Los primeros están permitidos si dependen de información pública o comunitaria, pero los segundos están prohibidos cuando identifican la emisión de ondas de los cinemómetros.
Las autoridades consideran que los detectores de radar alteran el control de velocidad al anticipar la ubicación de los dispositivos, algo que se sanciona con 200 euros de multa y la pérdida de tres puntos del carnet.
El problema aparece cuando algunos usuarios no diferencian correctamente entre categorías. Llevar instalado un sistema prohibido en el vehículo puede ser suficiente para recibir sanción, incluso aunque no se esté utilizando en ese momento.
Cómo funcionan estos sistemas
Los dispositivos de este tipo se apoyan en dos tecnologías muy diferentes. Por un lado están los sistemas basados en comunidad, donde los conductores comparten información en tiempo real sobre incidencias en carretera.
Por otro lado, existen los modelos que detectan emisiones electrónicas procedentes de los radares. Estos últimos son los que entran en conflicto con la normativa vigente, ya que no dependen de datos externos, sino de la propia señal del cinemómetro.
La diferencia técnica puede parecer pequeña, pero en la práctica marca la frontera entre un sistema permitido y otro sancionable dentro del marco legal europeo.
Un mercado en expansión
El interés por estos gadgets no deja de crecer, impulsado por la búsqueda de herramientas que ayuden a anticipar situaciones en carretera sin depender únicamente de aplicaciones móviles tradicionales.
El resultado es un escenario donde conviven innovación, normativa y desconocimiento, con usuarios que prueban nuevas soluciones sin tener del todo claro hasta dónde llega el límite legal en cada caso.
Las conversaciones en foros y redes sociales siguen alimentando la expectación alrededor de estos dispositivos, especialmente cuando aparecen nuevas versiones o mejoras técnicas que prometen mayor precisión en los avisos.
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