Tres son los resultados que puede obtener un vehículo en la inspección técnica de vehículos (ITV): favorable, desfavorable y negativa. Cabe pensar que, con una deficiencia muy grave, 39 graves y siete leves, lo lógico es obtener el último de los resultados. No ha sido así en una estación de Navarra.
Todo comenzó con un control de seguridad ciudadana que estaba llevando a cabo una patrulla de Elizondo (Navarra). Fue entonces cuando los policías interceptaron un vehículo con defectos y reformas que “de manera evidente indicaban que no era apto para circular”. A pesar de ello, había pasado la ITV ese mismo día con resultado favorable.
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El conductor del coche se identificó como trabajador de una estación de ITV situada al norte de Navarra y aseguró que él mismo había realizado la inspección del vehículo en cuestión, que era de un amigo. Añadió, además, que era apto para circular, ya que sólo presentaba cuatro deficiencias leves.
Con ellas, el resultado de la ITV era favorable. Eso sí, el propietario contaba con dos meses para arreglarlas, aunque no debía volver a realizar nueva inspección para probar que había cumplido con ello.
Favorable con 39 deficiencias graves
Obviamente, algo no cuadraba. La Policía Foral, a través del Grupo de Delincuencia del Automóvil, se hizo cargo del caso e incautaron el coche después de localizarlo y hablar con el titular. Llevaron a cabo una inspección técnica extraordinaria en otra estación: allí detectaron una deficiencia muy grave, 39 graves y siete leves.
Por lo tanto, el resultado real de la ITV era negativo. Es implica que el vehículo no puede circular, ya que supone un peligro para la seguridad vial: sólo puede desplazarse desde la ITV hasta el taller en grúa. Dispone, además, de un plazo máximo de un par de meses para arreglar los desperfectos y pasar una nueva revisión en la que se compruebe que las deficiencias están resueltas.
Los agentes, a través del correspondiente atestado que fue remitido a la autoridad judicial, han iniciado diligencias penales contra el trabajador por los delitos de falsedad documental y prevaricación. Al mismo tiempo, están investigando si existen más casos de inspecciones fraudulentas.
La multa por circular con una ITV negativa
Cabe recordar que circular con la ITV desfavorable acarrea una multa de 200 euros. El titular del vehículo está obligado a reparar los defectos graves detectados y volver pasar la inspección en un plazo máximo de dos meses. En este caso, el vehículo puede circular, pero únicamente desde la estación hasta el taller.
Circular con una ITV negativa, como ha sido el caso, supone una sanción de 500 euros. Finalmente, el delito de falsedad documental puede conllevar multas de entre 6.000 y 12.000 euros, así como penas de cárcel de tres y seis meses. El de prevaricación se castiga con la inhabilitación especial para empleo o cargo público.
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