“Si estas Navidades te han regalado un patinete eléctrico, recuerda que sólo pueden circular por vías urbanas, no hagas como este conductor”. Así describen un vídeo publicado en sus redes sociales los Mossos d’Esquadra.
En su sitio web, la Policía autonómica catalana recuerda los lugares en los que los patinetes no pueden circular, entre otras prohibiciones:
- Vías interurbanas
- Travesías
- Autopistas o autovías
- Túneles urbanos
- Aceras
- Zonas peatonales
- Carriles bus
Además, está prohibido circular con auriculares o cascos conectados a un reproductor y utilizar el móvil durante la conducción.
¿Cuál es la velocidad legal de un patinete eléctrico?
La velocidad máxima que pueden alcanzar debe estar comprendida entre 6 km/h y 25 km/h (los patinetes que no alcanzan los 6 km/h están catalogados como juguetes) y para conducirlos no es necesaria una autorización administrativa.
Si tiene sillín, debe incorporar también un sistema de autoequilibrado. En caso contrario, ya no sería un vehículo de movilidad personal y sí sería necesaria la autorización administrativa para conducirlo y circular, así como contratar una póliza de seguro.
Casco y certificado de circulación
Los VMP sí deben estar provistos de un certificado de circulación. Este garantiza el cumplimento de los requisitos técnicos exigibles por la normativa nacional e internacional recogidos en su manual de características, así como su identificación. Este manual de características deberá aprobarse por la Dirección General de Tráfico (DGT).
Por último, con la reforma de la ley de tráfico, en vigor desde el 21 de marzo de 2022, el uso de casco es obligatorio para los conductores de patinetes eléctricos, pero lo indica de modo genérico: falta el reglamento que determine en qué casos concretos ha de utilizarse.
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