¿Qué documentación se necesita para pasar la ITV?

Antes de realizar la inspección técnica, es necesario comprobar que se llevan en la guantera los ‘papeles’ del coche.

ITV
Una estación de ITV.

La inspección técnica de vehículos (ITV) es un trámite obligatorio para todos los coches y motos que tengan cuatro años o más, y también para vehículos pesados de todo tipo, aunque con plazos y condiciones diferentes. En cualquier caso, la documentación que se necesita para pasar la ITV es aquella que acredite la propiedad del vehículo y sus datos de homologación.

En definitiva, al centro de inspección se debe acudir con el permiso de circulación y con la ficha técnica, también conocida como tarjeta de ITV. Más allá de esto, se da por hecho que el conductor que acuda a examinar el vehículo llevará consigo el DNI: en algunas estaciones lo piden.

Permiso de circulación

También conocido como certificado de registro o de matriculación, el permiso de circulación es el documento de ámbito europeo que avala los datos del vehículo. En él, aparecen la fecha de matriculación, las características, el uso al que está destinado y la titularidad del propietario. 

Este documento puede llevarse con la misma validez legal en la aplicación miDGT, así que en las estaciones de ITV no deberían poner pegas. Sin embargo, puede que no cuenten con el lector de códigos QR que la herramienta de la DGT genera para mostrar el permiso. 

Tarjeta de Inspección Técnica

La ficha técnica o tarjeta de ITV incluye información solo del vehículo, ya que no aparece el nombre del propietario. Refleja las características de homologación: fabricante, modelo, número de identificación, cilindrada, potencia y emisiones, entre otros datos. Al igual que el permiso de circulación, también aparece en miDGT, aunque la aplicación no genera un código QR.

Seguro obligatorio de vehículos

Hace unos años se exigía también presentar la póliza del seguro obligatorio y un justificante de pago, pero ahora las estaciones de ITV pueden comprobar telemáticamente si un vehículo está asegurado o no. Si no cuenta con una póliza en vigor, no podrá pasar la inspección. 

La patronal de los centros de inspección, AECA-ITV, ha solicitado una revisión de la ley para que ocurra lo mismo en el sentido contrario: que las compañías aseguradoras no den cobertura a un vehículo sin la ITV pasada.

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