Las reglas del tres, del cinco y del siete y otras dudas sobre los radares

La DGT estrena este año 45 nuevos cinemómetros de tramo para vigilar la infracción más común: dos de cada tres multas se deben a excesos de velocidad.

radares
Un radar en una carretera secundaria en España.

Más control de la velocidad y de las normas en 2021. Es uno de los objetivos prioritarios de la Dirección General de Tráfico para 2021, y así lo manifestó el director de este organismo, Pere Navarro, ante la Comisión de Seguridad Vial del Congreso de los Diputados el pasado mes de noviembre. Entonces anticipó que la DGT instalaría este año 75 nuevos radares y adquiriría 28 drones, y ya se ha confirmado que 45 de estos nuevos radares serán de tramo.

Actualmente hay 1.324 cinemómetros operativos en las vías de titularidad estatal: 694 fijos, 550 móviles y 80 de tramo (datos de la DGT de noviembre de 2020).

A estos se suman los instalados en los 12 helicópteros Pegasus y 11 drones, aunque solo tres se destinan a controlar la velocidad de circulación de los vehículos: el resto se utilizan para supervisar el uso del teléfono móvil durante la conducción.

45 nuevos radares de tramo

Aún no se conoce cuándo se instalarán los nuevos radares  de tramo –fuentes de la DGT han declarado que “aún quedan meses” para que estén todos operativos–  ni en qué tipo de vía estarán puestos, pero si lo que se pretende es combatir la siniestralidad deberían instalarse en carreteras secundarias.

Según un estudio de la Fundación Línea Directa, en este tipo de vías se registran la mayor parte de los accidentes: su índice de letalidad multiplica por 1,5 veces el de las autovías y autopistas.

Respecto a los 28 nuevos drones, 20 se dedicarán a funciones de vigilancia y ocho a la formación de los agentes.

Márgenes de error

Si bien todavía no está confirmado que los nuevos 45 radares de tramo utilicen la misma tecnología que los cinemómetros ya operativos, lo que sí está claro es que deberán seguir respetando los actuales márgenes de error, establecidos en la orden de control metrológico del Estado, reformada en 2020. Para los radares de tramo rige la llamada regla del 3: en una vía con un límite de hasta 100 km/h se permite un exceso de velocidad máximo de 3 km/h; si la limitación es superior, el margen de error se establece en un 3% sobre la velocidad autorizada.

Si el radar es móvil, se aplica la regla del 7: se permite rebasar la velocidad marcada en la vía en 7 km/h si está limitada a un máximo de 100 km/h, y un 7% si es superior. En el caso se los radares fijos, impera la regla del 5: cuando la velocidad máxima de la vía es inferior a 100 km/h se puede exceder en 5 km/h, mientras que si es superior el posible rebase es de un 5%. Para los cinemómetros instalados en helicópteros Pegasus, el margen es del 5% en cualquier circunstancia, según la norma.

La importancia de la foto

En caso de recibir una multa por exceso de velocidad, la manera de comprobar si el margen de error del radar se ha aplicado adecuadamente es observando la foto que acompaña a la notificación de denuncia. En la imagen debe apreciarse la medición de la velocidad del cinemómetro, que ha de estar corregida en el texto de la sanción tras aplicar el margen de error que corresponda.

No en todos los casos se actúa conforme a esta norma; en muchas ocasiones, principalmente en las multas emitidas por los Ayuntamientos, solo se refleja la velocidad captada por el cinemómetro. Se puede reclamar la sanción, pero el fallo depende del Juzgado de los Contencioso Administrativo correspondiente, que puede interpretar que la velocidad que aparece en la imagen es la resultante de descontar el margen de error.

En relación con la foto del radar que debe aportarse en la denuncia, recientemente un juzgado de Córdoba ha anulado una multa de la DGT –por un exceso de velocidad captado por un radar– por “no existir dos fotografías tomadas en diferentes instantes”. Tras una reclamación efectuada por Dvuelta, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº5 de Córdoba este hecho vulnera la una orden ministerial que establece que “se exigirá al menos dos fotogramas del vehículo infractor tomados en diferentes instantes: uno de ellos mostrará una visión panorámica del vehículo; el otro su placa de identificación”.

Las dudas más frecuentes sobre radares

Los radares son el caballo de batalla de muchos automovilistas. Estas son algunas de las dudas más habituales que suscitan:

  • ¿Están señalizados todos los radares fijos?. Sí, si están en la red estatal de carreteras. La DGT, además, hace pública la ubicación de los móviles en su página web.
  • ¿Todas las cabinas tienen un radar? No, hay más cabinas que radares. Un tercio están vacías, pero la DGT no indica cuáles son.
  • Con lluvia o nieve, ¿funcionan? Sí, las condiciones atmosféricas no afectan a su funcionamiento.
  • Si no salta el flash, ¿es que no se ha hecho la foto? No todos los radares utilizan la misma tecnología para detectar a los vehículos y tomar la imagen. Muchos usan infrarrojos, por lo que nunca verás la luz del disparo de la cámara.
  • Los radares móviles, ¿pueden multar si están en movimiento? Sí, ya que estos dispositivos están preparados para tomar las mediciones descontando la velocidad de circulación del vehículo en que están instalados.
  • En una zona con obras, ¿a qué velocidad saltará el radar fijo? A la que esté normada en ese momento en la vía. A veces no se modifica, pero otras muchas sí, por lo que el cinemómetro captará a los vehículos que circulen por encima de la nueva limitación de velocidad.
  • ¿Los radares pueden multar a vehículos que circulen en dos direcciones? Sí, incluso pueden captar y medir diferentes velocidades en más de un carril: los hay que alcanzan seis.
  • Si circula muy rápido, ¿el radar no detecta el vehículo? Para que esto ocurra debería circularse a una velocidad exagerada: hay radares que miden por encima de los 320 km/h.

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