El listado de enfermedades con las que la Dirección General de Tráfico (DGT) supuestamente prohibirá renovar el carnet, incluidas algunas tan comunes como la celiaquía o la ansiedad, no existe ni tiene fundamento. A pesar de las repetidas informaciones que se replican en las redes sociales, no hay ningún cambio previsto para este 2025.
Muchas publicaciones sostienen que Tráfico endurecerá el próximo año los requisitos para obtener y renovar el carnet de conducir a las personas con dolencias que puedan poner en riesgo su capacidad de conducción.
Según este bulo, ya muy extendido, el organismo ha elaborado un listado de 35 enfermedades que teóricamente impedirían a la persona que sufra alguna de ellas conseguir el permiso de conducción o mantenerlo en vigor en España.
En la citada lista se incluyen afecciones digestivas como la celiaquía o la enfermedad de Crohn, problemas endocrinos como la diabetes o la paratiroides, además de la ansiedad o el cáncer, según recoge la agencia EFE en una nota. Pero este listado no procede de Tráfico ni tiene base sobre la que sostenerse: las aptitudes psicofísicas requeridas para obtener o renovar el carnet de conducir no han cambiado desde 1997, según la DGT.
La lista real
La DGT en su afán de minimizar los accidentes de circulación y llegar al objetivo marcado por el proyecto internacional ‘Visión Cero’ que quiere lograr un sistema de tránsito sin muertes o lesiones graves y alcanzar en el año 2050 la cifra de cero muertes en la carretera, ha dado a conocer, entre otras medidas, la lista con las afecciones que impiden conducir.
La DGT incide en que este listado, que se divide en nueve categorías, está apoyado en estudios científicos que demuestran que cuando los conductores sufren alguna de estas enfermedades, tienen mayor riesgo de sufrir un accidente que impiden conducir o renovar el carnet. Así las recoge el club de automovilistas RACE.
1. Enfermedades vasculares
- Disección: tras un plazo de seis meses desde la operación, se podrá renovar de 1 a 2 años.
- Aneurisma de grandes vasos: en caso de que no exista peligro de rotura de vasos sanguíneos se podrá hacer una renovación de 1 a 10 años.
2. Enfermedades cardiacas
- Arritmias.
- Infarto agudo de miocardio: deben haber pasado como mínimo 6 meses desde que sucedió.
- Portadores de prótesis valvulares: el mismo caso que con el infarto de miocardio.
- Portadores de marcapasos: tres años de vigencia una vez que haya pasado un mes desde la colocación.
- Portadores de desfibrilador automático: igual que el caso del marcapasos.
3. Enfermedades psiquiátricas
Si el trastorno es leve y el paciente cuenta con un informe médico que así lo avale, en el resto de los casos, se estará incapacitado para conducir si se padece:
- Demencia y trastorno de ansiedad.
- Trastorno de la personalidad.
- Depresión.
- Trastorno del sueño.
- Trastorno obsesivo compulsivo.
- Trastorno del desarrollo intelectual.
- TDH.
- Dependencia del alcohol y/o drogas.

4. Enfermedades neurológicas
- Crisis o pérdida de conciencia: si ha ocurrido durante el último año, es imposible que se renueve.
- Epilepsia: vigencia de 1 a 10 años.
- Accidente isquémico transitorio: hasta un año de ampliación con un informe favorable.
5. Enfermedades endocrinas
- Hipotiroidismo y paratiroides: podrá renovarse entre 1 y 10 años.
- Diabetes mellitus insulinodependiente: renovación entre 1 y 5 años.
6. Enfermedades digestivas
- Trasplante renal: deben haber pasado como mínimo seis meses desde la operación.
- Nefropatía con diálisis: posibilidad de sacar o renovar el permiso de 1 a 10 años.
7. Enfermedades respiratorias
- Apnea del sueño: con un informe positivo del médico, será posible su renovación durante un período de tres años.
- Disnea permanente en reposo o de esfuerzo leve: la prohibición de renovar será permanente.
8. Enfermedades oncológicas
- Trastornos oncohemáticos: no debe haber alteraciones graves. Entonces, se podrá renovar durante un año.
- Dolencias oncológicas: el individuo debe estar sin ninguna dolencia ni tratamiento para poder renovar el permiso. En dicho caso logrará una renovación de entre 1 y 5 años.
9. Enfermedades crónicas y degenerativas
Todas las siguientes enfermedades son incompatibles con la conducción.
- Alzheimer.
- Esclerosis lateral amiotrófica.
- Temblor esencial.
- Enfermedad pulmonar obstructiva crónica.
- Distrofia muscular.
- Osteoporosis.
- Parkinson.
- Artritis reumatoide.

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