Si te quitan el carnet en un país de la UE, te lo quitan en todos: la nueva normativa europea

Estas nuevas medidas que conciernen a la obtención de los permisos de conducir todavía no han entrado en vigor.

retirada carnet
Detalle de un carnet de conducir. | Getty Images

La nueva normativa sobre los permisos de conducir que la Unión Europea lleva un tiempo fraguando ya ha sido aprobada por el Parlamento y el Consejo Europeos. Eso sí, no entra en vigor de manera inmediata.

Con esta normativa también llega el fin de un vacío legal en la gestión de las multas y las retiradas de carnet en los diferentes países europeos.

A día de hoy, si un conductor pierde su carnet por una infracción de tráfico en un país de la UE diferente a donde se lo sacó, en la mayoría de los casos, la sanción sólo se aplica en ese estado: podría conducir en el resto de Europa. Esta impunidad ya tiene los días contados.

En línea con lo aprobado por el Consejo y el Parlamento, la retirada del carnet de conducir por una infracción grave será efectiva en todo el territorio comunitario. Así se evita que el conductor que haya sido sancionado con la retirada del permiso en otro país debido a una infracción grave, pueda circular con impunidad en otros estados del espacio común.

El país donde se haya cometido la infracción tendrá, eso sí, que notificarla a través de la Red Europea de licencias de conducir, EUCARIS, y el país en el que el conductor haya conseguir su carnet deberá emitir la sanción correspodiente según su código de circulación.

¿Esta medida ya está en marcha?

Este procedimiento no se aplica a todas las infracciones de tráfico posibles. Se prevén como posibles motivos para perder el carnet independientemente del territorio en el que se haya infrigido la ley conducir bajo los efectos del alcohol, los excesos de velocidad y provocar accidentes con víctimas. La mayoría de estos hechos pueden ser constitutivos de delitos contra la seguridad vial.

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Por el momento, esta nueva normativa no se ha publicado oficialmente. Además, cada país dispone de un cierto periodo de margen para incorporar los textos europeos a su propia legislación que, habitualmente, está cerca de los cuatro años.

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