La compra de un coche o de una moto implica la adquisición indirecta de una serie de obligaciones. Una de ellas es la Inspección Técnica del Vehículo, que se debe pasar siguiendo los plazos designados. Muchos conductores se estrenarán este año: estas son las matrículas de los vehículos que deben pasar la ITV por primera vez en 2025.
Más información
La cuenta que deben hacer los conductores cuyos vehículos deben pasar la ITV por primera vez este año es sencilla. Los modelos nuevos tienen que afrontar este trámite cuatro años después de su primera matriculación: en 2025, es el turno de aquellos que fueron registrados en 2021.
Eso sí, es posible conocer qué matrículas, en concreto, son las que tendrán que acudir a una estación de la ITV por primera vez. Incluso se puede saber en qué mes deben realizarlo:
- Enero: LMC a LML
- Febrero: LML a LMX
- Marzo: LMX a LNN
- Abril: LHV a LPD
- Mayo: LPD a LPW
- Junio: LPW a LRP
- Julio: LRP a LSG
- Agosto: LSG a LSR
- Septiembre: LSR a LTD
- Octubre: LTD a LTP
- Noviembre: LTP a LVD
- Diciembre: LVD a LVV
Tras pasar esta primera inspección técnica, tendrán que repetir el trámite en años alternos hasta que el coche cumpla una década. A partir de entonces, su cita con la ITV será anual.
¿Cuándo hay que pasar la ITV?
Los conductores que sean nuevos en la ITV deben tener en cuenta que pueden pasar la revisión antes del mes que les corresponde sin perder su plazo de vigencia. Lo conservarán siempre que llevan a cabo el trámite dentro de los 30 días naturales previos a la fecha asignada.
Si se adelantan y lo hacen antes de ese plazo, sí cambiarán la fecha de caducidad de la ITV: perderán la que tenían y obtendrán una nueva referencia para la siguiente inspección. O lo que es lo mismo: por el camino se dejarán días de validez.
Multas de hasta 500 euros
Ignorar este deber está sancionado con una multa de 200 euros. La misma cantidad que recibirán los conductores que ya hayan pasado este trámite y no hayan cumplido el siguiente plazo o circulen con un resultado desfavorable.
En este caso, sólo podrán conducir de la ITV hasta el taller para arreglar los fallos y de aquí a la estación, de nuevo, para volver a pasar la revisión. Si el resultado es negativo y el vehículo sigue circulando, el castigo se eleva hasta los 500 euros y el vehículo puede ser inmovilizado o retirado. Cabe recordar que, en este caso, únicamente se puede mover en grúa.
Sigue toda la información de EL MOTOR desde Facebook, X o Instagram