Ley de tráfico: el Senado elimina el margen de 20 km/h para adelantar

La Cámara Alta rectifica al Congreso y suprime la posibilidad de rebasar el límite de velocidad en las carreteras convencionales.

Ley de Tráfico
Un coche circulando antes de adelantar a un camión en una carretera secundaria.

La ley de tráfico se reformará como pretendía la DGT desde el primer momento: desaparecerá de la norma el margen de 20 km/h para adelantar en las carreteras convencionales. El pleno del Senado ha aprobado la eliminación de una medida “de los años setenta”, anacrónica y que no existe en ningún otro país de Europa, según el senador socialista Raúl Díaz Marín, y que ha generado polémica desde que se conoció el anteproyecto para la actualización de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

La supresión del apartado 4 del artículo 21 de la ley, que establece el margen de velocidad, quedó frenada en el Congreso, pero una enmienda del PSOE refrendada por la Cámara Alta ha eliminado ese punto de la norma.

El proyecto de ley, que volverá al Congreso para su aprobación definitiva, incluye otras novedades ya conocidas, como el aumento a cuatro puntos de retirada en el carnet por no utilizar el cinturón de seguridad el castigo con seis puntos por sujetar el móvil con la mano mientras se conduce.  

Mediante otra enmienda negociada por los grupos, por otra parte, se ha aprobado una modificación que no aparecía en el texto original del anteproyecto de ley, y que eleva de cuatro a seis puntos el castigo para dos supuestos: arrojar a la vía objetos que puedan causar incendios o accidentes y “adelantar poniendo en peligro, acosando o entorpeciendo a ciclistas o sin dejar la separación mínima de 1,5 metros”. La nueva ley, además, retirará tres puntos a quienes estacionen en zonas reservadas para personas con discapacidad y a los conductores que no mantengan la distancia de seguridad con los coches de autoescuela.     

El margen de los 20 km/h

El apartado 4 del artículo 21 de la actual ley, que desaparecerá tras la aprobación definitiva,  dice así: “Las velocidades máximas fijadas para las carreteras convencionales, excepto travesías, podrán ser rebasadas en 20 km/h por turismos y motocicletas cuando adelanten a otros vehículos que circulen a velocidad inferior a aquéllas”.

Y su eliminación ha encontrado defensores y detractores. Entre los primeros, el presidente de honor de la Fundación Española para la Seguridad Vial (Fesvial), Luis Montoro, para quien “son muchas más las razones de seguridad que aconsejan no rebasar los límites genéricos de velocidad en los adelantamientos”. La principal, asegura, es que tras un choque frontal a 110 km/h la probabilidad de muerte es de casi el ciento por ciento.

Enfrente, las asociaciones de automovilistas argumentan que la imposibilidad de adelantar a una mayor velocidad implica más riesgo. Por ejemplo, un informe de Juan José Alba, ingeniero mecánico y profesor en la Universidad de Zaragoza, concluye que un adelantamiento a 110 km/h a un camión requiere cinco segundos menos que la misma maniobra a 90 km/h. La respuesta de la DGT es que la supresión del margen de 20 km/h pretende, sencillamente, reducir el número de adelantamientos y, con ello, el riesgo de colisiones frontales. “Esta es una medida que dice ‘no’ a la velocidad que pone en peligro al conductor y al coche que viene de frente. El mensaje es minimizar riesgos”, ha sostenido la senadora socialista Paloma Hernández.

Otras novedades de la ley de tráfico

Radares. El artículo 13 de la ley prohibirá “llevar en el vehículo mecanismos de detección de radares o cinemómetros”. Antes el verbo escrito era ‘utilizar’, de modo que cabían interpretaciones diferentes ante una posible sanción. El castigo en el permiso de conducir es el mismo: tres puntos. 

Recuperación de puntos. La nueva ley de tráfico incluirá una posibilidad de bonificación: la superación de cursos de conducción segura (siempre que se mantenga algún punto en el permiso) se compensará con la suma de dos puntos, hasta un máximo de 15. Se permitirá realizar un curso cada dos años. Por otra parte, como medida adicional, se unificará a dos años el plazo sin haber sido sancionado para recuperar el saldo inicial de 12 puntos; ahora es de tres años para quienes hayan cometido sanciones muy graves. 

Trampas en el examen. La reforma tiene en cuenta asimismo los atajos que usan quienes quieren obtener en carnet de conducir o recuperarlo. El fraude más habitual es el uso de dispositivos de intercomunicación durante el examen, que pasará a ser infracción muy grave: se castigará con 500 euros de multa y con la imposibilidad de volver a presentarse a las pruebas en un plazo de seis meses.

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